¿Es posible rebajar cinco puntos ?las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social

ECONOMÍA

29 jul 2009 . Actualizado a las 02:00 h.

Para contestar a la pregunta de si es posible o no atender la reclamación de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) de que se aplique una rebaja de cinco puntos a las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social y, en consecuencia, tomar posición en la reciente ruptura del diálogo social, es conveniente revisar todos los aspectos que están en juego. Se esquematizan a continuación.

1¿Podemos gastar menos en pensiones?

Esta pregunta inicial tiene todo el sentido del mundo ya que rebajar los ingresos de la Seguridad Social (cinco puntos de las cotizaciones empresariales) sería muy fácil si los gastos actuales fueran en algún sentido excesivos. Pero este no es precisamente el caso. Ni la cobertura, ni las pensiones mínimas, ni las pensiones medias están a la altura de la protección social media europea. Para comprobarlo basta repasar el esfuerzo que cada país hace en relación a su riqueza para financiar las pensiones (recogido en el gráfico que acompaña esta información). España está por debajo de la media europea (dos puntos) y en un nivel más de cuatro puntos inferior al de Francia.

Y lo peor es que las perspectivas de que la evolución del gasto en pensiones apunten a un descenso son ilusorias: el envejecimiento y la esperanza de vida juegan en contra. Diferir la edad de jubilación no arregla mucho y no ayuda a incorporar jóvenes ocupados cotizantes.

2¿Cuántos ingresos de menos suponen esos cinco puntos?

Para los datos del ejercicio 2008 rondarían los 13.000 millones de euros. Ciertamente es una cifra inasumible de acuerdo con lo visto en la pregunta anterior y más si reparamos que en ese año (cuando la crisis no era tan aguda como lo es ahora) los ingresos solo superaron a los pagos o transferencias de la Seguridad Social en apenas 5.000 millones de euros. Eso aún sin descontar los gastos de gestión, ni la dotación al Fondo de Reserva que se viene haciendo, por no hablar del importante agujero que ya existe en la financiación del desempleo. No veo tal margen y, si hubiese alguno, sería mucho menor.

3¿Resultan muy elevadas las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social en España?

Que no exista margen para la rebaja no quiere necesariamente decir que las cotizaciones empresariales, con las que se recaudan actualmente más del 75% de los fondos de la Seguridad Social, no sean excesivas en términos relativos. Para eso basta reparar en los datos en que se desagrega la estructura del total de los ingresos públicos en distintos países.

Salvo el caso de Francia (que como vimos gastaba también más dinero en pensiones) nuestras cotizaciones empresariales están por encima de la media europea y de la de los países seleccionados para el análisis. Pero esas cifras también sugieren cuál ha de ser la alternativa: o bien subir los ingresos por la vía de las rentas personales (tipos máximos, menor fraude, etcétera), o bien hacerlo a través de la imposición indirecta (IVA) o mediante las cuotas de los trabajadores. De hecho, en Francia -donde llevan debatiendo este asunto desde hace ya algunos años- se proponía sustituir la rebaja en las cotizaciones empresariales por un aumento en concepto de IVA social.

4¿La rebaja favorecería la competitividad?

De entrada competir con costes salariales algo menores en el mercado global del siglo XXI no asegura nada. Observe el lector cuál es el dato de Portugal en cotizaciones de las empresas. Puede ayudar a hacerlo como sugiere la cifra alemana, pero allí lo hacen con unos salarios que bien se pueden permitir esas mayores cotizaciones de los trabajadores y esos mayores ingresos por el impuesto de la renta (y mantener un gasto en pensiones que nos supera en cuatro puntos del producto interior bruto).

Aunque quizás, dadas las circunstancias aquí revisadas, lo prudente sería proceder a una rebaja en todo caso menor, temporal y que discrimine favorablemente a los sectores más intensivos en empleo o que mantengan los puestos de trabajado a lo largo de un año.

De hecho ya existen ahora muchas y muy sustantivas bonificaciones a las cotizaciones (leyes 5 y 43 del 2006 por ejemplo) empresariales para incentivar distintos tipos de contratación. Que fueron acordadas por el conjunto de los agentes sociales aún en el mes de mayo del 2006 en un «Acuerdo para mejorar el crecimiento y el empleo».

Ahora, en una fase de crisis económica, se trataría de modular el objetivo de la contratación nueva con el del mantenimiento del empleo en aquellos sectores para los que los costes salariales (y su fiscalidad) son especialmente intensos. Para el sector de la energía, por ejemplo, esto no tendría ningún sentido.

Pero cualquier paso de mayor calado tendría que ser fruto de un pacto social que afectase a otras figuras tributarias (impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido, etcétera) para así garantizar una protección social a las personas jubiladas que en España es, aún hoy en día, manifiestamente mejorable.