Un juez anula despidos en Proinsa tras estudiar las cartas de rescisión

DEZA

La Justicia acaba de dar la razón a un grupo de media docena empleados de Obras y Edificaciones Seixo, empresa del grupo Proinsa, que fueron despedidos en plena crisis de la firma con sede en Lalín. El Juzgado de lo Social ha determinado que los despidos de estos trabajadores, de una plantilla total de 104, fue nulo, por lo que declara su readmisión «con abono de los salarios dejados de percibir» desde el pasado 14 de marzo.

La resolución deja la puerta abierta a que se anulen el restos de despidos en el seno de todas las empresas dependientes de Proinsa que se hubiesen producido en similares circunstancias que las de los seis trabajadores de Seixo. En su caso concreto, se les comunicó el despido mediante una carta en la que se aludía a motivos disciplinarios para argumentar la decisión tomada, al tiempo que reconocía que la empresa estaba atravesando dificultades económicas y financieras de producción y que asumía que se trataba de un rescisión contractual improcedente.

En todo caso, en la misiva se subrayaba que «la decisión de proceder a su despido tiene su fundamento en la disminución continuada y voluntaria del rendimiento del trabajo normal o pactado que de forma habitual venía desempeñando».

A la vista de la redacción de la carta remitida a los demandantes, el juzgado no duda en emplear el término de «llamativo» para exponer su primera impresión sobre el contenido de la carta, toda vez que «se haya hecho una comunicación similar a todos los trabajadores, lo que sin duda apunta a la falta de realidad de la causa alegada».

No obstante, el titular del órgano judicial capitalino sí que considera que existe una causa real detrás de las rescisiones: la crisis económica de la empresa. En este punto, acude a la jurisprudencia para recordar que en casos de extinciones de contrato colectivas existe un procedimiento articulado y en el que, entre otras cuestiones, tiene que intervenir la Administración, algo que el empresario parece haber tratado de eludir con sus movimientos.

«Grupo fraudulento»

Una de las cuestiones que se analiza en la resolución es si Seixo, junto con otras compañías, forma parte del grupo Proinsa. En este punto, el juez es meridiano: «En el caso de autos, la existencia del grupo fraudulento es evidente, propiciándose una situación de confusión personal, financiera, de medios de producción y de gobierno entre las diferentes entidades que se integran en un grupo que no puede mantenerse».

Así, excepto Gesai Noroeste y Socexport del Noroeste, las firmas tienen un mismo administrador y domicilio social, así como participan de un mismo objeto social. Además, para el juzgado no deja de resultar significativo que el empresario no acudiese a la vista oral y que tres de las firmas demandadas por los empleados de Seixo reconociesen la existencia de un grupo de empresas en el seno de Proinsa.

En cuanto al futuro de los trabajadores aludidos en la sentencia, frente a la cual cabe la interposición de un recurso de suplicación que deberá resolver la sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia siempre que el recurrente consigne 150,25 euros en una cuenta abierta por el órgano judicial pontevedrés, desde el sindicato UGT se precisó que el problema estriba en que Seixo se haya inmersa en un procedimiento concursal.

En este punto, reseñaron que se tendrían que establecer unas indemnizaciones por despido. En principio, el pago debería ser asumido a través de bienes de la propia empresa, pero si esta se declarase insolvente entonces tendría que intervenir el Fondo de Garantía Salarial.