La Federación Gallega de Fútbol (FGF) recuerda a los clubes coruñeses adscritos a la Asociación de Fútbol Aficionado Coruñés (AFAC) que deben someterse al régimen disciplinario federativo en el caso de que consumen su amenaza de desvincular de la FGF sus equipos de fútbol 7 dentro de dos jornadas.
El conflicto generado por el modo de pago de los servicios arbitrales (la FGF exige el pago en mano y los clubes prefieren cualquier otro método) derivó en una situación tensa que tuvo como hitos un plante de los clubes coruñeses y diversas reuniones entre ambas partes desde enero. No hubo acuerdo y anteayer la AFAC decidió en asamblea desvincular de la federación sus equipos de fútbol 7 y ya terminar al margen la competición de la presente temporada. Mañana, una comisión se pondrá a trabajar sobre el tema arbitral (se maneja la posibilidad de que dirijan los partidos directivos o jugadores de superior categoría), de competición y de seguro médico (ya que la mutualidad solo ofrece cobertura a futbolistas que juegan bajo el auspicio de la federación).
Además, los clubes aseguraron que si la federación accede a reunirse con ellos para tratar el tema, la situación podría desbloquearse, al tiempo que manifiestan un temor a posibles represalias por parte del ente público.
Desde la FGF se rechaza por completo este punto, si bien se recuerda que existe una normativa de competición que lleva implícitas una serie de sanciones en caso de incumplimiento. En este sentido, la federación explica que, según el artículo 3.15, título 6.º del régimen general de la RFEF los clubes tienen derecho a organizar partidos, competiciones y torneos amistosos, pero condicionado a la autorización expresa de la federación. Además, el artículo 2.81, capítulo 3.º, añade que los clubes, futbolistas, árbitros y entrenadores deben gozar de tal autorización expresa para que puedan actuar en un encuentro, aunque sea de carácter amistoso.
En cuanto a los posibles castigos, el artículo 116 del régimen sancionador, estipula unas multas de 600 a 3.000 euros para los clubes que incumplan la normativa en cuanto a organización de partidos. También se recuerda que podría haber una exclusión del campeonato en cuestión del equipo afectado, según las circunstancias.
En el artículo 120 del mismo régimen sancionador, se señala una sanción de un mes a dos años de inhabilitación para los directivos responsables, la clausura del campo (en caso de disponer de uno en propiedad o habitual) y otras sanciones por el incumplimiento consciente y reiterado de las instrucciones u órdenes reglamentarias que dicten los organismos competentes.
La Federación Gallega de Fútbol recuerda que los clubes recurrieron la decisión de la federación acerca del modo de pago arbitral al Comité Galego de Xustiza Deportiva y que el diálogo está a expensas del fallo de dicho comité, o de la retirada del mencionado recurso presentado por parte de los clubes de la AFAC.