El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia desestimó el recurso presentado por la junta de compensación de As Brañas contra el acuerdo de la Xunta de Galicia de suspender las normas subsidiarias municipales de 1997.
En dicha sentencia, el TSXG considera ajustada a derecho la decisión de la Xunta de suspender las normas urbanísticas al entender que estas «se manifestaron a lo largo de estos años como muy deficientes en todos los aspectos materiales y jurídicos para la ordenación urbanística en el municipio».
La sentencia también considera correcta la decisión de extender los efectos de la suspensión de licencias «a las actuaciones de gestión urbanística como la presente que pretende llevar cabo la entidad recurrente (la junta de compensación de los sectores B y C del plan parcial de As Brañas)», ya que esta pretendía llevar a cabo un desarrollo urbanístico en dichos terrenos.
El Tribunal considera que la pretensión urbanizadora de ambos sectores no puede fundamentarse «en un plan parcial absolutamente desconectado de los presupuestos básicos enunciados y que finalmente repercutiría su incidencia nada menos que en un suelo calificado como rústico».
En la misma sentencia se critica de forma contundente la oposición procesal llevada a cabo por el Concello de Sada, ya que decidió a través de un decreto de julio del 2006, rubricado por el entonces alcalde Ramón Rodríguez Ares, personarse en el recurso interpuesto por la junta de compensación, algo criticado por la propia sentencia.
El gobierno municipal actual considera que la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia «ratifica o posicionamento que tanto o BNG como o PSOE manifestaron desde os primeiro momento: a decisión da Xunta foi, ademais de urbanisticamente necesaria e xustificada, axustada a dereito, o mesmo que os seus efectos suspensivos sobre os procedementos de xestión urbanística». Por otro lado, el equipo de gobierno «agarda que a oposición municipal deixe de enredar insistentemente co asunto da urbanización dos sectores B e C das Brañas».