La Xunta reconoce por primera vez la singularidad urbanística de A Illa

María Santalla VILAGARCÍA/LA VOZ.

AROUSA

La consellería ha estimado parcialmente las alegaciones planteadas por el Ayuntamiento isleño

12 ene 2011 . Actualizado a las 10:40 h.

Singularidad es una palabra clave en A Illa desde que hace años los isleños comenzaron a planificar su desarrollo urbanístico y se toparon con los innumerables escollos que la Ley de Costas planteaba en el municipio. El reconocimiento de ese carácter singular ha sido una de las batallas en las que A Illa ha puesto más empeño durante los últimos años y ahora, por fin, ese trabajo ha dado sus frutos: por primera vez, un documento elaborado por la Xunta reconoce expresamente la singularidad de A Illa.

Se trata, en efecto, de las Directrices de Ordenación do Territorio que ha aprobado inicialmente la Xunta de Galicia, las cuales, en uno de los epígrafes de lo que ha llamado Sistemas de asentamentos do Salnés se refiere al caso insular. «Este ámbito territorial abranguería a singularidade que supón o único municipio insular de Galicia, A Illa de Arousa, para o cal cobran especial importancia as liñas de actuación que compatibilicen o seu desenvolvemento económico e social coa protección dos valores que o fan singular», dice concretamente ese párrafo en el que por primera vez se reconoce la singularidad.

Este texto, que no aparecía en el documento inicial, se ha incorporado a las Directrices de Ordenación do Territorio después de que el Concello de A Illa presentase una alegación en ese sentido. Ayer mismo se recibía en la Casa Consistorial isleña la respuesta a esa petición que había presentado ante la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestruturas.

El gobierno isleño proponía que el documento urbanístico que preparaba la Xunta recogiese el concepto de singularidad «exposto na lexislación de costas» y que se le diese al municipio ese tratamiento. La Administración Autonómica entiende que no corresponde a las Directrices de Ordenación do Territorio otorgar a ningún ámbito territorial los preceptos de la legislación de costas, puesto que esa competencia tendrían que ejercerla los organismos cualificados al efecto. No obstante, la decisión de la consellería fue estimar parcialmente la alegación, dado que consideraba conveniente «incluír unha referencia á condición de singularidade insular que caracteriza ao concello da Illa de Arousa, como único en Galicia».