La Xunta ratifica que el istmo de A Lanzada es monte comunal de Noalla

La Voz SANXENXO/LA VOZ.

AROUSA

El viejo contencioso por el uso y aprovechamiento de los terrenos del istmo de A Lanzada ha dado un paso más. Según informó ayer el Concello de Sanxenxo, el Xurado de Clasificación de Montes Veciñais de Pontevedra ha acordado no admitir un recurso del Concello de O Grove contra una resolución sobre la clasificación de esa superficie.

El istmo de A Lanzada había sido catalogado por el jurado como vecinal en mancomún en el año 1989. La decisión declaraba beneficiarios a los vecinos de la parroquia de Noalla. Desde entonces, la polémica estuvo servida, desatándose de forma cíclica auténticos conflictos entre los titulares reconocidos por la Xunta y el Concello de O Grove. Tras uno de esos encontronazos fue, precisamente, cuando el ayuntamiento meco decidió presentar un recurso ante la Consellería de Medio Ambiente en el año 2003, basándose en un informe encargado al profesor Raposo Arco. Pero el contencioso se complicó más con una acción posterior, ya que el Ayuntamiento de O Grove interpuso un nuevo recurso. El asunto se estaba dirimiendo también en el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que se declaró incompetente y delegó en el juzgado de Pontevedra.

El caso correspondió al Contencioso Administrativo número tres de Pontevedra, que sí estimó el recurso de O Grove. La resolución de 1989 del Xurado de Clasificación de Montes de Pontevedra quedó entonces anulada. Pero esta vez fue el Ayuntamiento de Sanxenxo y la comunidad de montes de Noalla los que recurrieron. También lo hizo el propio Xurado de Montes. Pero el TSXG desestimó todos estos recursos y devolvió el procedimiento a su inicio.

De nuevo ante el Xurado de Montes, el Concello de O Grove solicitó la revisión de la clasificación realizada en el año 1989, apelando a que no se le había llamado en audiencia como afectado cuando aquella se produjo. Sin embargo, el Xurado de Montes recuerda ahora que el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra publicó el 25 de marzo de 1987 el inicio del procedimiento, instando además a todos los posibles afectados a personarse.

Había otro argumento esgrimido por el Concello de O Grove: el referente a la extensión del monte comunal. El Xurado de Montes establece que el de A Lanzada está formado por una zona de cañaveral, arenal y marisma, con aprovechamientos de áridos y escaso pastoreo que limita al norte con la parroquia de San Vicente de O Grove. Al sur y al oeste lo hace con una zona marítimo terrestre y al este con la carretera Sanxenxo-O Grove y algunas fincas particulares. Como no hay monte clasificado dentro de San Vicente, el jurado ha acordado ratificar su resolución de 1989.