El alcalde de Caldas dice que la sentencia ya se ejecutó y atribuye la sanción a un «error» El fallo, del 2002, anuló la licencia de un cierre construido en San Clemente
05 Jul 2007. Actualizado a las 07:00 h.
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Pontevedra dictó el pasado 28 de junio un auto en el que requiere nuevamente al alcalde de Caldas, Juan Manuel Rey, para que ejecute una sentencia firme del año 2002. Ese fallo, que anuló la licencia municipal, obliga al Ayuntamiento a demoler un muro ilegal construido en el lugar de Iglesia, en la parroquia de San Clemente.
En la resolución, que trascendió ayer, se da al regidor un plazo de quince días para que dé cumplimiento a la sentencia. De no ser así, se anuncia que se procederá «a deducir testimonio en orden a la exigencia de responsabilidad penal que corresponda». En el auto también se acuerda imponer al alcalde una segunda multa coercitiva de 1.500 euros -la primera, ya abonada en marzo, fue de 300 euros- por haber desatendido un requerimiento anterior en el mismo sentido.
En los razonamientos jurídicos de la resolución del 28 de junio, se afirma que la actuación municipal llevada a cabo en mayo no se ajusta a los términos de la sentencia, que ordenaba la demolición del muro y el retranqueo sobre el eje del camino en cuatro metros.
El caso se remonta al año 2000, cuando José Arca Bouzada presentó un recurso contra una resolución municipal. En la sentencia del 2 de septiembre del 2002 se estimaba el recurso de este vecino y se anulaba la licencia concedida por la comisión de gobierno al entender que era contraria a derecho.