La Voz de Galicia

Un paso más en el «iter» procesal del «Prestige»

Opinión

Francisco Peleteiro Gallego Socio director de Zamorano y Peleteiro Abogados

08 Nov 2021. Actualizado a las 19:17 h.

El pasado 12 de mayo, el reconocido magistrado de la High Court de Londres Christopher Butcher dictó la que hasta hoy es la última resolución judicial que se produce en el largo, tortuoso y complicado iter procesal que se inició en la fecha del accidente del buque Prestige, un ya lejano mes de noviembre del 2002; proceso que se ha desarrollado -y todavía se desarrolla- principalmente en España y en Gran Bretaña, pero que también ha tenido sus ramificaciones en los estados norteamericanos de Nueva York y Texas.

Esta resolución judicial no es todavía una resolución final (puede ser recurrida), ni es una resolución sobre el fondo del asunto. Por ello, titulares que podemos leer estos días como «España gana a la aseguradora del Prestige un pleito por 885 millones» deben ser considerados con toda la cautela posible. Como bien decía La Voz de Galicia, «España da un paso más para cobrar 885 millones a la aseguradora del Prestige», y con esa prudencia y esa perspectiva debemos valorar la citada resolución judicial .

Lo que el magistrado Butcher ha resuelto ha sido la posibilidad de continuar el proceso de ejecución ante los tribunales (o corte arbitral) británicos, y ha resuelto sobre las alegaciones presentadas por el Club de P&I, las cuales, entre otras cosas, se referían a la posible vulneración de derechos humanos en los procedimientos judiciales celebrados en España -cuestión esta sobre la que ya se había pronunciado a favor de España el Tribunal Europeo de Derechos Humanos-. Recuerda el magistrado en su texto que fue el capitán Mangouras a quien se le imputó una ofensa de carácter penal, y no al Club de P&I, lo cual implica que no sería este último el que estaría legitimado para quejarse por la posible vulneración de derechos. Otros argumentos fueron la imposibilidad de conciliación de las sentencias dictadas en España con las dictadas en Inglaterra, o que el reconocimiento de las sentencias dictadas por tribunales españoles podría vulnerar el orden público inglés; resolviendo finalmente Butcher que el artículo 34 del Reglamento 44/2011 UE sobre competencia judicial, reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia civil y mercantil no es aplicable. Ese artículo 34 lo que precisamente regula es el no reconocimiento de decisiones judiciales.

Asimismo, de forma paralela, en diciembre del 2020 la representación procesal del Estado español ya había alcanzado un importante logro procesal, al conseguir que el Tribunal de Justicia de la Union Europea (TJUE) admitiera y asumiera la cuestión prejudicial planteada, para que se pronunciara sobre el posible conflicto de jurisdicciones. Esa cuestión prejudicial (que se limita a resolver la cuestión planteada sin analizar el fondo del asunto) se resolverá en los próximos meses y confiemos que, a pesar de posibles influencias externas como las que pueda generar el proceso del brexit, se reconozca y se aplique adecuadamente todo el contenido de la resolución de esa cuestión prejudicial.

Han transcurrido casi diecinueve años desde que se produjo el siniestro del Prestige y más de seis desde la primera sentencia, pero es muy probable que todavía reste un largo proceso judicial hasta que la ejecución de referencia pueda ser efectiva. Sin duda, esta resolución es un paso muy importante en el proceso que, a instancias del Estado español, persigue la ejecución de la sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña y la posterior del Tribunal Supremo y las cuantificaciones realizadas al respecto; pero debemos ser prudentes y esperar próximas resoluciones y sentencias, tanto del TJUE como de los tribunales británicos.

Es esta una resolución judicial que a muchos lectores nos ha traído a la memoria otras importantes resoluciones de tribunales británicos para los intereses gallegos, como lo fue el muy conocido y trascendente caso para la flota pesquera coruñesa Factortame hace ya 30 años. Si aquella sentencia fue trascendente, también la del magistrado Butcher podría serlo.


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