Las comisiones con competencias plenarias delegadas serán públicas
Lemos
31 Jan 2007. Actualizado a las 06:00 h.
?as nuevas disposiciones consistoriales, acogidas a la ley de grandes ciudades, suponen más atribuciones para algunas comisiones municipales. Es el caso de las comisiones de pleno, que, junto a las competencias en materia de estudio de los asuntos incluidos en el orden del día de las sesiones plenarias, incorporarán funciones de control de la gestión del gobierno. Por ello, se prevé la posibilidad de formular preguntas y solicitar comparecencias. Cuando la citada comisión ejerza funciones delegadas del pleno, sus reuniones serán públicas; los debates y acuerdos serán secretos sólo en los mismos y muy limitados supuestos que se establecen para el pleno. El alcalde, José López Orozco, aseguró que con este reglamento se pretende conseguir más eficacia y transparencia en la vida municipal. Recoge el estatuto jurídico de los miembros de la corporación municipal. Desde las filas de la oposición municipal se venía reclamando insistentemente del gobierno local lucense que diese pasos para cumplir las disposiciones establecidas en la ley de grandes ciudades, a la que el Ayuntamiento se acogió.