Comisiones de investiga... ¿qué?
España
El cierre antes de tiempo de la que indagaba los espionajes en Madrid pone de manifiesto las limitaciones de estos instrumentos, que nunca aclaran los hechos
15 Mar 2009. Actualizado a las 02:00 h.
¿Sirven para algo las comisiones de investigación parlamentarias? El abrupto carpetazo de Esperanza Aguirre a la que debía encargarse de indagar sobre la presunta trama de espionaje vuelve a plantear esta cuestión. «Abro una comisión y aplazo el problema», afirma con cierta ironía que refleja la realidad el profesor Alfonso Arévalo, autor de Comisiones de investigación y de encuesta y letrado de la Asamblea de Madrid.
«La opinión de la gente de que no sirven para nada coincide bastante con la realidad», afirma Roberto L. Blanco Valdés, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidade de Santiago. Su explicación es inapelable: «Si quien controla la comisión y sus conclusiones es el Gobierno al que se investiga, su utilidad es muy pequeña». «No sirven para lo que deberían, que es elaborar conclusiones independientes objetivas, porque responden al principio de la mayoría», concluye. «Su presidente debería ser siempre de la minoría y sus conclusiones aprobadas por consenso o elaboradas por expertos», señala.
Ana Gude, profesora de Constitucional en la Universidade de Santiago y autora de Las comisiones parlamentarias de investigación, resalta su valor como señal de alerta. «Su creación pone en evidencia que se ha producido un escándalo político», afirma. Pero añade: «El problema es que es la mayoría quien decide sobre su creación y cuando la permite, porque se trata de hechos demasiado graves para negarse, no deja investigar». «Es un instrumento más de desgaste a los Gobiernos», añade.
Florentina Navas, profesora de Constitucional de la Universidad Rey Juan Carlos, destaca su utilidad como medio de control político y «mecanismo creador de opinión pública», cuya finalidad radica en «influir en la voluntad del cuerpo electoral». La autora de La función legislativa y de control en comisión parlamentaria considera que la influencia de algunas ha sido «indudable». Y recuerda las que se crearon en los casos de Roldán y Mariano Rubio, cuya eficacia no residió en sus conclusiones, sino en su influencia en la opinión pública, que luego castigó al PSOE en las elecciones de 1996. En ocasiones la sola propuesta de creación, aunque sea desatendida, como pasó en el caso GAL, tiene efectos políticos. En esta línea, Arévalo afirma que «es un medio de control para dirimir responsabilidades políticas, no jurídicas, y su juicio se difiere a las elecciones».
Mucho más escéptico es el profesor Álvaro Pérez-Ugena, doctor en Derecho y autor de Comisiones de investigación y poder judicial: la intromisión parlamentaria, que considera que solo sirven para «duplicar el gasto público» y hacer que «los parlamentarios se dediquen a jugar a órganos judiciales».
Cecilia Mora, autora de Las comisiones parlamentarias de investigación como órganos de control político, destaca como modelos de funcionamiento el estadounidense y el alemán. En este último caso, la presidencia recae en los partidos minoritarios, se delimita con precisión el objeto a investigar y sus poderes se equiparan a los de la autoridad judicial, lo que hace que puedan citar a todo tipo de comparecientes y obtener la información necesaria. Navas añade que contempla su creación si lo solicitan una cuarta parte de los parlamentarios.