Renta 2012: Hacienda abre la ventanilla
Economía
Según prevé la Agencia Tributaria, las devoluciones superarán a los ingresos en 4.140 millones de euros. La subida del IRPF ya la abonaron los ciudadanos a través de las retenciones efectuadas. Las principales novedades de la declaración de la renta giran en torno a la vivienda
08 Apr 2013. Actualizado a las 13:26 h.
Llegó la hora de ajustar cuentas con Hacienda. El pasado martes se abrió el plazo para solicitar el borrador y a partir del próximo día 24 -hasta el 6 de mayo, solo por Internet- ya se puede presentar la declaración de la renta obtenida en el 2012. Entramos en campaña. Un trance doloroso para muchos, concretamente, según las previsiones oficiales, 4,1 millones de contribuyentes que deberán abonar al erario público 6.525 millones de euros. Pero feliz para muchos más, para esos 14,9 millones de españoles que, de acuerdo también con las estimaciones oficiales, reclamarán 10.665 millones de euros que Hacienda les retuvo de más el año pasado. Y aún quedarán algunos que ni fu ni fa, porque su declaración les saldrá negativa, hasta completar los 19,5 millones de declaraciones esperadas.
La subida del IRPF
Esta será la primera declaración de la renta presentada desde que el Gobierno de Rajoy, en cuanto pisó las alfombras de la Moncloa y antes de las campanadas de fin del año 2011, aprobó la subida del impuesto sobre la renta (IRPF). Pero no se asusten: aquella factura adicional ya la abonaron los contribuyentes, fundamentalmente a través de mayores retenciones. Los datos provisionales indican que la modificaciones normativas tuvieron un impacto en la recaudación de 3.525 millones de euros y permitieron salvar la cara al IRPF. De no haberlas aprobado, los ingresos por ese tributo, en un año de contracción de la renta, hubieran caído un 3,9 %.
En conjunto, las retenciones en las nóminas de los asalariados ascendieron en el 2012 a 65.000 millones de euros y las retenciones en las rentas del capital aportaron otros 5.300 millones. Toca ahora saber qué parte de ese dinero debe regresar al bolsillo de los contribuyentes. Hacienda calcula que 4.140 millones de euros -diferencia entre devoluciones previstas e ingresos estimados-, pero todo dependerá del aluvión de declaraciones de la renta que comenzará a fluir a partir del día 24. Para su presentación, cada contribuyente debe tener en cuenta, como mínimo, el siguiente decálogo de novedades y consejos:
1. Quiénes no están obligados a declarar
No están obligados a presentar su declaración de la renta aquellos contribuyentes cuyos ingresos, procedentes exclusivamente de su trabajo y de un solo pagador, hayan sido inferiores a 22.000 euros en el 2012. El límite se reduce a 11.200 euros si los rendimientos proceden de más de un pagador. Tampoco está obligados a declarar quienes perciban solo rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales por menos de 1.600 euros anuales.
2. Compra de vivienda
Si usted ha comprado una vivienda antes del 31 de diciembre del año pasado, está de enhorabuena: podrá mantener la deducción del 15 %, con un tope máximo de 9.040 euros, en esta y sucesivas declaraciones. Mejor aún si la adquisición la efectuó entre el 12 de mayo y el 31 de diciembre del 2012: en este caso obtendrá un ahorro fiscal del 50 % sobre las plusvalías obtenidas cuando en el futuro decida venderla. Si había aplazado para este año la compra, desde el punto de vista fiscal se ha equivocado: no solo pagará más en concepto de IVA, sino que la deducción ha sido eliminada a partir del pasado 1 de enero. Ojo también si usted ha formalizado recientemente una cuenta vivienda: deberá proceder a la inversión en un plazo de cuatro años desde que hizo la primera aportación o, de lo contrario, devolver las deducciones practicadas sin intereses de demora.
Por otra parte, desde julio del 2012 ha sido eliminada la compensación fiscal para todos los contribuyentes que compraron una vivienda habitual antes del 20 de enero del 2006. Antes, esa compensación podía alcanzar los 225 euros por cada uno de los declarantes.
3. Reformas en casa
¿Ha hecho usted reformas en casa el año pasado? Si es así, tendrá derecho a desgravar algo siempre que su renta anual no supere la cifra de 71.007 euros. Por debajo de esa cifra, cuanto menores sean sus ingresos, mayor será la cuantía que podrá desgravar. La situación óptima: si su renta es inferior a 53.007,20 euros anuales, tiene derecho a una desgravación fiscal del 20 % sobre un gasto máximo de 6.750 euros. Es decir, 1.350 euros como tope.
4. Vivir de alquiler
Las familias más modestas que viven en pisos de alquiler ahorrarán unos euros: podrán desgravar hasta un 10,05 % de lo que hayan pagado al casero siempre que su renta no supere los 24.107 euros.
5. Pérdidas por juego
Hacienda se apiadó a última hora de los jugadores que han dejado parte de sus ingresos en casinos, bingos o máquinas recreativas. Mediante una modificación normativa aprobada días antes de que finalizase el año pasado, ha decidido compensar las ganancias en el juego con las pérdidas en que hayan incurrido, siempre que estas no superen a aquellas. Es decir, los jugadores tributarán por los beneficios netos obtenidos y no por las ganancias brutas. En todo caso, los jugadores deberán acreditar las pérdidas. El cambio normativo no se aplicará a loterías y apuestas del Estado, como tampoco al cupón de la Once o sorteos europeos como el Euromillones.
6. Cheque-bebé
Aquella controvertida deducción de 2.500 euros por nacimiento o adopción, aprobada en el 2007 y aplicable a todas las familias, independientemente de su nivel de ingresos, ha desaparecido.
7. Nuevas sociedades
Hacienda tampoco ha olvidado a los emprendedores que el año pasado pusieron en marcha una sociedad limitada nueva empresa: podrán deducir el 15 % de las aportaciones realizadas, con un límite de 9.000 euros anuales. Pero aún tendrán mayores ventajas aquellos que pospusieron para este año -declaración que será presentada en el 2014- la creación de su empresa. En este caso, de acuerdo con el real decreto ley del pasado 22 de febrero, podrán reducir el 20 % del rendimiento neto, porcentaje que se aplicará sobre una cuantía máxima de 100.000 euros anuales. A estos contribuyentes únicamente les serán exigidas tres condiciones: determinar el rendimiento por el método de estimación directa, haber iniciado la actividad económica a partir del pasado 1 de enero y no haber ejercido ninguna otra actividad en el año precedente.
8. Planes de pensiones
Aunque no ha habido modificaciones en la fiscalidad de los planes de pensiones, los técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) recomiendan a quienes hayan realizado aportaciones a dichos planes que revisen con detenimiento su declaración. Recuerdan que el IRPF ha subido entre 0,75 y 7 puntos porcentuales, dependiendo del nivel de ingresos, y que las aportaciones a planes de pensiones permiten un ahorro fiscal del 24,75 % al 52 % de la inversión realizada. Las personas con menos de 50 años pueden deducir la menor de estas dos cifras: o 10.000 euros o el 30 % de los rendimientos del trabajo y de las actividades económicas. Las mayores de 50 años pueden deducir hasta 12.500 euros, siempre que la cuantía no supere el 50 % de los rendimiento. Y todas esas deducciones todavía pueden ser mayores en caso de que el cónyuge no haya obtenido rentas superiores a 8.000 euros en el 2012.
9. Cuotas deducibles
Gestha recuerda asimismo las ventajas fiscales derivadas de las aportaciones o donativos a organismos y entidades benéficas. Las cuotas pagadas a sindicatos o a colegios profesionales -en este caso con un límite de 500 euros- o los gastos de defensa jurídica contra el empleador pueden reducir los rendimientos hasta 300 euros. Lo mismo sucede con donativos a algunas ONGs, fundaciones o asociaciones declaradas de utilidad pública. El contribuyente puede desgravar en tales casos entre un 10 % y un 25 % de sus aportaciones.
10. Bienes en el extranjero
Los contribuyentes con cuentas, valores o bienes en el extranjero deben identificarlos, de acuerdo con la ley antifraude, que prevé sanciones que pueden llegar al 150 % del valor del activo no declarado. De optar por no hacerlo, deben saber a qué se exponen: si Hacienda los descubre imputará el valor del bien como ganancia patrimonial en el IRPF y tributará al tipo marginal que puede alcanzar el 52 %.
Calendario
2 de abril | El período para solicitar -y, en su caso, confirmar- el borrador de la declaración de la renta finaliza el 1 de julio. Para acceder al borrador por Internet, el contribuyente deberá facilitar el NIF, el importe de la casilla 620 de la declaración del 2011 y su número de teléfono móvil.
24 de abril | Se abre el plazo para presentar la declaración de la renta por Internet.
6 de mayo | Se abre el plazo para presentar la declaración en bancos, comunidades autónomas u oficinas de la Agencia Tributaria.
13 de mayo | Comienza la asistencia a los contribuyentes que precisen ayuda para realizar su declaración.
26 de junio | Concluye el plazo para presentar las declaraciones con resultado «a ingresar» y domiciliación en cuenta.
1 de julio | Concluye la campaña de la Renta 2012 para la mayoría de las declaraciones.