La Xunta, el Parlamento de Galicia, el Congreso y el Senado tienen quince días para presentar alegaciones
19 Feb 2010. Actualizado a las 09:22 h.
El Tribunal Constitucional admitió ayer a trámite el recurso presentado por el Gobierno contra la ley gallega de cajas. La decisión supone «la suspensión de la vigencia y aplicación» de los diez preceptos de la norma impugnados por el Ejecutivo, según anuncia el tribunal en la providencia de admisión. El inicio del trámite no paraliza, sin embargo, el resto de la ley, que sigue vigente. La suspensión se mantendrá durante un período de cinco meses, tras el cual el Constitucional deberá decidir si la levanta o la prorroga
Entre los preceptos recurridos se encuentra la disposición transitoria primera de la norma, que establece que «en el plazo máximo de dos meses desde la entrada en vigor de la presente ley, las cajas de ahorros con domicilio social en Galicia deberán proceder a renovar la totalidad de sus órganos de gobierno». Al quedar ahora suspendida esa disposición se paraliza el proceso de renovación de cargos en las cajas.
El otro punto fundamental impugnado es el apartado trece del artículo 2 de la ley, que sustituye al 35.3 de la norma anterior y que hace referencia a la necesidad de una autorización previa por parte de la Xunta a cualquier fusión por la vía de los sistemas institucionales de protección (SIP). A estos efectos, a partir de ahora la participación de la Xunta en las SIP se regirá por el artículo 35.3 de la ley anterior. Además, pierden su vigencia los apartados tres, cinco, siete, diez, once y quince de ese mismo artículo 2 y los apartados cuatro y cinco del artículo 3.
La paralización tiene efecto desde el 9 de febrero, fecha en la que se presentó la impugnación. El Constitucional trasladará ahora el recurso al Congreso, al Senado, a la Xunta y al Parlamento de Galicia para que «en el plazo de quince días puedan presentarse en el proceso y formular las alegaciones que estimen convenientes». La incoación del recurso deberá ser publicada ahora en el