La Voz de Galicia

Más de una veintena de prestaciones libres de gravamen

Barbanza

30 May 2007. Actualizado a las 07:00 h.

El Ministerio de Economía y Hacienda también exime de incluir en la liquidación del impuesto aquellos ingresos percibidos por más de una veintena de conceptos distintos. Entre ellos, el cobro a través de la modalidad de pago único, de las prestaciones por situación de desempleo hasta un máximo de 10.020 euros. Además están exentas de ser declaradas las cantidades que han sido satisfechas por la Seguridad Social en concepto de indemnización por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez. En este listado también están excluidas de presentación en la liquidación del impuesto de la renta de este ejercicio los importes monetarios recibidos en concepto de prestaciones familiares por hijo a cargo, por acogimiento de menores o todas aquellas que se derivan del cuidado de personas mayores de 65 años o con un grado de minusvalía igual o superior al 65%. Las indemnizaciones recibidas por las consecuencias provocadas por el hundimiento del petrolero Prestige , las becas de carácter público, los premios literarios o las cantidades conseguidas en sorteos de nivel estatal, como el de Cruz Roja Española o el de la ONCE, también están exentos por lo que el dinero recibido de estas circunstancias no se computará en el cálculo de la base imponible.
Comentar