No probó que sus clientes autorizasen operaciones que realizó con sus ahorros para comprar 528 acciones del Banco Popular hace más de una década
21 ene 2026 . Actualizado a las 05:00 h.La Justicia ha obligado al Banco Santander a devolver 10.939 euros a un matrimonio de Vigo porque no probó que tuviese permiso de sus clientes para mover dicho dinero de su cuenta de ahorros e invertirlo en acciones del Popular. Según los clientes afectados, perdieron íntegramente el saldo inicial de 12.000 euros que tenían custodiados en la cuenta que habían abierto en el 2006 en el Banco Popular, luego absorbido por el Santander.
En el 2023, el Juzgado de Primera Instancia número 7 de Vigo desestimó la demanda presentada por los clientes. Sin embargo, ganaron en apelación. La sexta sección de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo, en una sentencia del 13 de noviembre del 2025, condenó al banco a abonarles 10.939 euros con los intereses legales desde la presentación de la demanda y los de mora procesal. El banco puede continuar la batalla en casación en el Tribunal Supremo.
El matrimonio reclamaba desde el 2022 al banco la restitución de 12.000 euros más intereses y el pago de las costas del juicio. Según ellos, la entidad «procedió, sin consentimiento del cliente, a realizar operaciones de modo unilateral perdiendo el dinero ingresado en la cuenta de ahorro».
La entidad reconoció la apertura y el importe de la cuenta pero alegaba que no había incumplido ninguna de las obligaciones contractuales que le correspondían, que no había cometido apropiación alguna ni se negaba a reintegrarlo a sus propietarios. Garantizó que el dinero no se había perdido sino que la mayoría había sido reintegrado y el resto estaba en la cuenta y a su disposición. Como prueba, mostraba los extractos de la cuenta desde su apertura. Según el banco, en el 2012, hubo una orden de compra de 528 acciones del Banco Popular a 52,8 euros cada una. Pero la Audiencia señala que no hay coincidencia de fechas ni de importe de los valores. La compra se remota al 2007 y costó 10.013 euros.
El banco también aportó otra suscripción de valores por 11.000 euros en el 2006 y reembolso de 10.100 un año después. Sin embargo, afirma la Audiencia, el banco no aportó ningún documento que acredite el consentimiento de los clientes para dichas operaciones ni de los actos de disposición de fondos de la cuenta. También les cargaban las cuotas de dos tarjetas Visa y retiradas en efectivo por valor de 1.071 euros. El banco tendrá que devolver la diferencia.