Una discoteca del centro de Vigo sin licencia válida desde hace 18 años «legaliza» su situación al caducar el expediente municipal
VIGO CIUDAD
La sala Tokyo acumulaba órdenes de cierre y de derribos por obras ilegales que nunca se ejecutaron
10 oct 2025 . Actualizado a las 00:14 h.La discoteca Tokyo, ubicada en el número 6 de la calle Pontevedra, podrá mantener su actividad sin contar con una licencia válida. La Gerencia de Urbanismo ha estimado el recurso presentado por la sociedad Tamaro SL, propietaria del establecimiento, y ha reconocido que caducaron dos veces los procedimientos abiertos para ordenar el cierre y restaurar la legalidad urbanística. La resolución, de la que se dio cuenta ayer, admite que el Ayuntamiento perdió su potestad para actuar por el transcurso de los plazos legales y declara que el local queda sujeto al régimen de «fuera de ordenanza» previsto en la Ley del Suelo de Galicia, lo que en la práctica permite mantener la actividad pese a que los informes técnicos la calificaban de «no legalizable».
La sala de fiestas arrastra un largo historial de irregularidades que se remontan al 2007, cuando un inspector municipal informó de que en el interior se estaban realizando obras de demolición total sin cobertura de la licencia menor concedida. Aquel mismo año, los servicios técnicos concluyeron que las obras no podían legalizarse porque el uso existente —sala de fiestas— excedía la superficie máxima autorizable para locales de reunión.
Un informe jurídico posterior reforzó esa conclusión y ordenó «la restauración del local a su estado inicial». Urbanismo dictó una resolución el 13 de diciembre del 2007 ordenando la paralización inmediata de los trabajos por carecer de licencia. Pese a ello, el 7 de febrero del 2008 otro informe municipal constató que las obras habían finalizado y el local funcionaba como pub o discoteca, desobedeciendo la orden de suspensión.
En los años siguientes se sucedieron los intentos de regularización. En enero del 2019, Urbanismo notificó al nuevo propietario la apertura de actuaciones previas en materia de protección de la legalidad. En ese documento se advertía expresamente de que no podía continuar con la actividad mientras no acreditara la adecuación del local a la normativa vigente. El aviso fue recibido el 17 de enero, pero el titular no formuló alegaciones.
El 21 de diciembre del 2021, el arquitecto municipal volvió a pronunciarse. En su informe advirtió de que las obras ejecutadas eran sin licencia, no legalizables y afectaban de forma determinante a las condiciones de seguridad y aforo.
En base a ese documento, el 3 de febrero del 2022 la Concejalía de Urbanismo dictó una orden de cese de actividad contra Tamaro SL y el propietario, apercibiéndoles de que en caso de incumplimiento se aplicarían medidas coercitivas, como el precintado del local, el corte de suministros o multas de 1.000 a 10.000 euros. Sin embargo, la orden nunca se ejecutó. Pasado el plazo legal, el expediente fue declarado caducado el 24 de octubre del 2023, sin que el Concello adoptara ninguna de las medidas anunciadas.
El incendio ocurrido ese mismo mes en una discoteca de Murcia —con 13 víctimas mortales— llevó a Urbanismo a revisar las licencias de los locales de ocio nocturno en Vigo. El caso de este local fue uno de los primeros en reabrirse. El 17 de octubre del 2023, el arquitecto municipal emitió un nuevo informe reiterando los incumplimientos y añadiendo que el inmueble está en una zona acústicamente saturada (ZAS). Ese régimen impide conceder nuevas licencias de apertura, ampliación o modificación para actividades nocturnas. Tres días después, el Concello dictó una nueva resolución ordenando el cese inmediato de la actividad y la apertura de un expediente de protección de la legalidad por obras y uso sin título habilitante.
Pese a la nueva advertencia, el local siguió operativo. El 5 de enero del 2024, el departamento de Licencias recibió un escrito de Tamaro SL pidiendo resolver con urgencia una solicitud presentada años antes sobre la adecuación del local al Código Técnico de Edificación. El 18 de enero del 2024, la concejala de Urbanismo dictó una resolución que denegó la licencia de obras solicitada por Tamaro SL para adaptar el local a esa normativa.
Recurso
La empresa presentó entonces un recurso de reposición, fechado el 20 de febrero del 2024, alegando que las obras se habían terminado en el 2007 y que, al haber transcurrido más de seis años sin medidas de restauración, la acción municipal estaba caducada. También sostuvo que las reformas ejecutadas no constituían una modificación sustancial.
El 10 de octubre del 2024, Tamaro SL presentó un escrito de alegaciones dentro del expediente de reposición de la legalidad urbanística, insistiendo en que las obras habían finalizado en el 2007 y que, por tanto, había caducado la potestad municipal para restaurar la legalidad. El 19 de noviembre del 2024, el arquitecto municipal emitió un nuevo informe admitiendo que «las obras fueron acabadas hace más de seis años sin que se actuara por parte de la administración municipal».
Esa frase se convirtió en la base jurídica de la resolución que ahora estima el recurso. Urbanismo concluye que «no tiene sentido resolver si son legalizables unas obras que se han consolidado por el transcurso del plazo de seis años para actuar sobre ellas». En consecuencia, declara caducada la facultad municipal de restaurar la legalidad sobre las obras ejecutadas y las considera amparadas por el régimen de fuera de ordenanza.
La técnica instructora añade que, siendo el uso de discoteca preexistente, puede mantenerse sin necesidad de un nuevo título habilitante, aplicando por analogía el artículo de la Ley del Suelo que permite conservar usos consolidados en edificaciones fuera de ordenación.