Indemnizan con 2.800 euros a una trabajadora con una hija mayor de 12 años, de luto
VIGO CIUDAD
La empleada llegó a pedir 15.000 euros por daños y perjuicios por la demora de la empresa de Vigo en prorrogarle el turno de mañana a fin de cuidar de su hija, afectada psicológicamente por la pérdida de su padre enfermo
11 ene 2025 . Actualizado a las 05:00 h.Una empresa de Vigo deberá indemnizar con 2.800 euros a una trabajadora porque se demoró a al conciliar su puesto de trabajo con el cuidado de su hija mayor de 12 años, que estaba de luto tras perder a su padre. La mujer ganó el pleito pero reclamó sin éxito otros 15.000 euros por haberla discriminado pero sin éxito.
La empleada es una especialista con una antigüedad de más de 25 años que convive con una hija de 13 años, cuya custodia compartía con el padre, el cual falleció por enfermedad en el 2023. En años previos, la madre tenía reducción de jornada para cuidar a la hija a su cargo menor de 12 años, por lo que la empresa le colocó en un turno de mañana y cuando el padre enfermó, le redujo más la jornada. La mujer estuvo luego de baja por ansiedad mientras que la hija, que estaba en fase de luto tras perder a su padre, precisó asistencia psiquiátrica.
Tras cumplir 12 años, la empresa no quiso prorrogar la jornada reducida «por haber decaído las causas que la motivaron» y le ordenó retomar su horario habitual. El Juzgado de lo Social número 4 de Vigo le dio la razón a la madre y declaró su derecho a la conciliación para cuidar una hija mayor de 12 años y ordenó a la empresa adaptar su jornada, y abonar 2.800 euros por daños y perjuicios, por demorarse y por su negativa no fundada.
La madre siguió batallando, en nombre suyo y de su hija, en el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia para reclamar una indemnización de 15.002 euros por el daño provocado por la vulneración del derecho fundamental a no ser discriminada por razón de sexo y género. La sala, en una sentencia del 4 de septiembre del 2004, rehúsa su pretensión.