Pide un préstamo de 14.000 euros y se libra de pagar 3.700 porque el fondo no justificó bien la deuda

e. v. pita VIGO / LA VOZ

VIGO CIUDAD

La obra titulada O acordo xusto está ante la Cidade da Xustiza
La obra titulada O acordo xusto está ante la Cidade da Xustiza M.MORALEJO

Un juzgado de Vigo dice que el fondo de inversión de Malta no presentó el extracto que mostraba todas las cuotas mensuales aunque fuesen mensuales

16 ago 2024 . Actualizado a las 19:50 h.

Un cliente de Vigo pidió en el 2007 un préstamo de 14.000 euros a la financiera de un hipermercado y, supuestamente, nueve años después le debía 3.746 euros de cuotas impagadas que se ha librado de devolver. La razón es que el acreedor, un fondo de inversión que recompró la deuda, no presentó al juez un extracto comprensible que justifique las cuotas impagadas. El fondo inversor dijo que inicialmente se había acordado que el cliente devolviese el préstamo en 84 cuotas de 224,07 euros pero la Justicia lo considera «insuficiente» porque no recoge todos los apuntes contables. Así lo dictamina un auto de la Audiencia en Vigo, del 5 de abril.

El caso llegó en el 2022 al Juzgado de Primera Instancia número 7 de Vigo, que no admitió a trámite la petición de emprender un procedimiento monitorio (juicio exprés) para cobrar la deuda. Lo solicitaba Investcapital LTD, con sede en Malta, y que había comprado la deuda a la financiera del híper después de que esta diese por vencida la operación en el 2016 tras los reiterados impagos del deudor. La jueza argumentó que el extracto de movimientos del préstamo no era lo bastante completo y ese defecto le impedía hacer correcciones de la cuantía final adeudada al no poder restarle lo pagado de más con las cláusulas abusivas, lo cual ella debe controlar de oficio.

La Sexta Sección de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo, llega a la misma conclusión: «La presentación del extracto debe revelar la existencia de las cuotas impagadas con arreglo a los cuales el deudor pueda conocer qué por los conceptos que se le reclaman aun tratándose de un crédito en el que esas cantidades están ya predeterminadas en el contrato ab initio [desde el inicio]».

Otros casos

Los fondos de recobros suelen ganar de promedio el 10 o 15 % de los casos presentados en Vigo, generalmente porque el moroso no se opone a la reclamación y pierde automáticamente el juicio exprés (monitorio). En lo que va de año hubo cerca de 5.000 monitorios pero muchos los pierde el fondo que compra lotes de deuda a la banca o a operadoras de luz o teléfono porque, como sucesor del acreedor, no justifica bien los conceptos por los que reclama, ya que le faltan documentos para certificar la suma que quiere cobrar.

Recientes sentencias relacionadas con Vigo lo avalan. Por ejemplo, en un caso el cliente pidió un préstamo de tarjeta de un hipermercado por valor de 3.100 euros pero el fondo buitre no lo pudo cobrar porque aportó un contrato donde no figuraban las condiciones. Ese defecto impedía al juez eliminar de oficio las cláusulas abusivas.

Otro cliente se libró de una deuda de 3.000 euros porque el fondo de inversión no aportó las liquidación final de la deuda sin las cláusulas abusivas. Hubo una sentencia similar de 1.900 euros. Por su parte, otro fondo tendrá que pagar 1.900 euros a una clienta a la que le hizo una tarjeta sin ella pedirlo y con altos intereses remuneratorios.

No tuvo tanto éxito el moroso que denunció que un fondo se había inventado que un banco le cedió su deuda de 1.800 euros.