Un juez da la residencia a una argelina que se doctoró «cum laude» en Vigo

e. v. pita VIGO / LA VOZ

VIGO CIUDAD

MIGUEL VILLAR

El Gobierno la quería expulsar de España por salir 90 días del país a cuidar a su suegro, pero el magistrado ve probado que la investigadora magrebí, madre de un niño vigués, tiene «arraigo laboral»

14 ene 2023 . Actualizado a las 23:01 h.

Una biotecnóloga argelina que se doctoró con sobresaliente cum laude en la Universidad de Vigo y que tuvo un hijo vigués logró que un juez le conceda la residencia en España por arraigo laboral. La Subdelegación del Gobierno de Pontevedra la quería expulsar de España porque salió de la península más de 90 días por vacaciones o para cuidar a su suegro en su país natal. Ahora, un juez replica que dicha investigadora magrebí y madre solo se excedió 17 días del permiso y da por probado que tiene arraigo laboral en España.

La mujer había solicitado una autorización de residencia temporal por arraigo laboral pero en el 2021 se lo denegó el Gobierno porque dejó de trabajar dos años antes de pedir la residencia y además se había ausentado del país más de 90 días.

La solicitante, natural de Argelia, había llegado a España en el 2013 con una beca de 1.500 euros al mes para cursar estudios de posgrado en la Universidad de Vigo, así como cursos de español. En el 2019 obtuvo el doctorado en Biotecnología Avanzada por las universidades de Vigo y A Coruña con una tesis calificada con la máxima nota. Desde el 2013 vive con su esposo y su hijo en común, nacido en Vigo tres años después de llegar ella, el cual está escolarizado en la ciudad. La doctora trabajó en programas de investigación de la UVigo más de seis meses y encadenó varios contratos de trabajo con salarios de mil euros al mes. Luego, cobró el paro.

La mujer también aclaró que viajó a Argelia tres veces a lo largo de dos años durante sus vacaciones universitarias y por la grave enfermedad que padecía su suegro y que fue sometido a intervenciones médicas. Aunque en conjunto sumaban 107 días, aisladamente nunca superaron los 90 días, lo más fueron dos meses en verano y un mes en Navidad.

El caso cayó en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Pontevedra. El juez le dio la razón a la inmigrante magrebí porque, en total, trabajó 9 meses y la ley exige seis. «Es irrelevante que se haya repartido en dos contratos sucesivos ya que el empresario y el objeto de trabajo han sido siempre los mismos», dice el magistrado en su sentencia del 2022.

El juez también dice que dos años antes de presentar la solicitud ella estaba trabajando y luego cobró el paro unos meses más. «Ha permanecido fuertemente arraigada y vinculada a España hasta el momento mismo de la presentación de la solicitud», añadió el magistrado.

El tribunal también ve justificadas las ausencias de España de la inmigrante. «El pequeño exceso de 17 días fue por un supuesto excepcional. La situación personal de la mujer, con su hijo ya nacido en España hace cinco años y escolarizado, deja claro su estrecho vínculo con España, superior ya al de Argelia. Solo ha regresado a su país de origen por vacaciones o por la enfermedad de su suegro sin desarraigarse», dice el juez. La sentencia obliga al Gobierno a otorgar a la doctora argelina la residencia temporal inicial por circunstancias excepcionales de arraigo laboral.