El Concello de Vigo ordena demoler una casa móvil en terreno no edificable de Teis

alejandro martínez VIGO / LA VOZ

VIGO CIUDAD

Oscar Vázquez

La Ley de Suelo de Galicia prohíbe su montaje en suelos que no sean edificables

07 nov 2021 . Actualizado a las 22:23 h.

Las casas móviles también están sujetas a la normativa urbanística. Cualquier persona que adquiera una vivienda de este tipo debe saber que no la puede colocar en cualquier parte para entrar a vivir. La Ley de Suelo de Galicia prohíbe su montaje en suelos que no sean edificables. Las autoridades competentes pueden dictar órdenes de derribo e imponer a los infractores multas coercitivas.

Un caso de este tipo se acaba de presentar en la Gerencia Municipal de Urbanismo de Vigo. El Concello ha ordenado la demolición de una casa móvil instalada sobre una parcela de Teis, donde también se instaló un muro de cierre sin licencia y un pequeño galpón. Los infractores defendían que la vivienda podía mantenerse en pie, precisamente por sus características que la hacen diferente a las demás. Argumentaban que la casa es una instalación móvil con ruedas, que carece de construcción fija y no tiene conexión a servicios urbanísticos.

En virtud de eso, estimaban que no era necesaria ninguna licencia. Pero el Concello les ha corregido constatando se trata de una edificación destinada a vivienda. «Hoy en día es una instalación residencial que, aunque sea con carácter provisional, precisa de la correspondiente licencia de la que carece», señala la orden de demolición. La administración local se basa en un artículo de la Ley de Suelo que prevé este tipo de casos. La normativa previene contra esas instalaciones que, pese a no ser fijas, tienen un uso continuado y cierta estabilidad dentro de una parcela particular y nada tiene que ver con los usos de acampada temporal reguladas para zonas concretas.

La vivienda no tiene encaje legal sobre la parcela en la que se ubica de la calle Boán porque no es edificable. El terreno incumple los parámetros de separación a linderos y parcela mínima.

La vivienda tiene 24 metros cuadrados y anteriormente se encontraba en un cámping en Cangas. El Concello ha dado a los propietarios un plazo de tres meses para que lleve a cabo la demolición de la casa y de un pequeño galpón que tampoco tiene licencia. También deberá retirar un muro de cierre lateral de dos metros de altura y 24 de largo que separa la propiedad de la zona de paso. Los dueños lo podrán sustituir por otro cierre de elementos ligeros y desmontables, tal y como determina la normativa. Al mismo tiempo, tienen un plazo de tres meses para legalizar el muro frontal de ocho metros de largo, rebajando la altura de dos metros a uno.

Lo único que se ha salvado en la propiedad es la piscina desmontable. El Concello había incluido en el expediente disciplinario esta instalación. Sin embargo, a la vista de las pruebas presentadas, ha admitido la alegación, teniendo en cuenta que se trata de una instalación elevada sobre el terreno, fácilmente desmontable, que no está enterrada ni con ningún tipo de obras de cimentación. «Pódese entender que non ten a entidade suficiente para entendela como un acto suxeito a título xurídico habilitante urbanístico», concluye el informe de disciplina urbanística.

En caso de incumplimientos, los infractores se exponen a recibir multas coercitivas del Ayuntamiento de entre 1.000 y 10.000 euros, hasta que finalmente cumplan con las órdenes de demolición dictadas.