Multado con 2.160 euros un abogado por calumniar a un juez de Vigo

La Voz EUROPA PRESS

VIGO CIUDAD

PITA

El letrado  acusaba al magistrado de prevaricar y de actuar por venganza

29 abr 2021 . Actualizado a las 20:18 h.

El juzgado de lo Penal número 1 de Vigo ha condenado al pago de una multa de 2.160 euros a un abogado de la ciudad por un delito de calumnias a la autoridad, tras considerar probado que acusó a un juez instructor de prevaricar y de actuar por «venganza».

El letrado, R.V.C., fue juzgado hace dos semanas y, durante la vista, no solo se reafirmó en sus manifestaciones (reflejadas en varios escritos dirigidos al juez instructor durante un procedimiento hace varios años), si no que llegó a manifestar que «el juez prevaricó».

Aunque la defensa del procesado se amparó en la libertad de expresión del letrado para reclamar que lo absolvieran, la jueza de la sala penal ha entendido que se produjo el delito y que, si bien algunas expresiones «desafortunadas» del abogado pueden entenderse como «desahogos verbales», hay otras afirmaciones que no pueden ampararse en esa libertad de expresión. «No todo exceso verbal es admisible», reza la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.

En dicha resolución, la magistrada señala que este abogado hace «imputaciones directas de un delito» al juez instructor, afirmando, por ejemplo, que el juez es «condescendiente» con una de las partes del proceso, que actúa para llevar a cabo una «pequeña venganza» contra él, o que mantiene una «actitud parcial», entre otras aseveraciones calumniosas.

En la sentencia el juzgado penal recuerda que ya el cliente del letrado presentó queja ante el Consejo General del Poder Judicial contra el juez instructor, pero resultó archivada. Del mismo modo se archivó la queja presentada ante el juez decano de Vigo.

Por todo ello, la jueza del Penal número 1 lo considera autor de un delito de calumnias a la autoridad, aunque le aplica la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas. Así, lo condena al pago de una multa de 2.160 euros y a indemnizar al juez instructor en 500 euros.

En la sentencia, la magistrada recalca: «Es evidente que las expresiones que se contienen en el escrito desbordan ampliamente la libertad de expresión reforzada que debe amparar a una defensa letrada en un procedimiento judicial. El desacuerdo, si existe, debe ser combatido a través de los correspondientes recursos (que para eso están, para salvar las infracciones que se denuncian), y el hecho de que tales manifestaciones se formularan sobre la base de la ilegalidad que se denuncia no diluye el desvalor de la acción; es más, tener la razón no da patente de corso para calumniar, las resoluciones judiciales se pueden y se deben cuestionar y criticar, pero lo que no se puede es atribuir falsamente un delito cometido por el Juez o Tribunal en su dictado, entre el error jurídico y la prevaricación hay un abismo».

Finalmente, la magistrada reprocha: «Además, la gravedad es mayor en el contexto de un escrito forense, donde no cabe siquiera la disculpa de la ofuscación o el acaloramiento, de la espontaneidad con que uno se puede conducir en un acto presencial; y sobre todo porque no lo dice una vez sino varias y lo mantiene abierta y firmemente en el acto del juicio oral, 'el juez prevaricó'».