Una firma pagará 600 euros a un oficinista por negarle el teletrabajo para cuidar a sus dos niños

e. v. pita VIGO / LA VOZ

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Entrada a los juzgados de Vigo
Entrada a los juzgados de Vigo M.Moralejo

Un juez de lo laboral recalca que durante la pandemia el trabajo a distancia es una alternativa «prioritaria» que la empresa (una agrupación de congeladores de pescado) no valoró

18 ago 2020 . Actualizado a las 22:48 h.

Un juez de Vigo ordenó a una agrupación de productores de congelados que indemnice con 600 euros a un oficinista que tiene dos hijos pequeños por denegarle la posibilidad de seguir teletrabajando en casa después del confinamiento pese a que tenía derecho a cuidar a los niños. Reclamó 3.200 euros por daños y pérdidas pero obtuvo 600.

El magistrado del Juzgado de lo Social número 6 de Vigo reprocha a la organización pesquera que obligase al administrativo a volver a la oficina a trabajar presencialmente a finales de mayo, sin abrir un proceso de negociación, lo que generó un trastorno de ansiedad generalizada al empleado. Este reclamó una compensación por daños morales porque tuvo que pedir la baja por incapacidad temporal.

El demandante, con dos hijos de 9 y 11 años, tenía una antigüedad de 30 años como oficial primero administrativo. Al declararse el estado de alarma por el covid-19, la empresa lo envió a teletrabajar a casa el 16 de marzo. Dos meses después, le mandó reincorporarse a la oficina, pues era un «entorno seguro» y debía prestar atención directa a los asociados. No ir sería discriminatorio respecto a otros colegas, alegó la firma.

La sentencia declara que el trabajador tiene derecho a teletrabajar mientras se mantengan las medidas del real decreto contra el covid-19. Puede adaptar su jornada para la conciliación familiar porque sus hijos son menores de 12 años y tenía derecho a negociar durante 30 días. Había alternativas «prioritarias» durante la pandemia como el trabajo a distancia que, según el juez, la empresa no valoró.