El acceso a la playa nudista de Vigo que sigue siendo privado por orden judicial

alejandro martínez VIGO / LA VOZ

VIGO CIUDAD

Oscar Vázquez

Un magistrado devuelve a manos particulares el camino a Breadouro, pese a creer que es público. El Concello incumplió los plazos para emitir una resolución

11 nov 2019 . Actualizado a las 14:10 h.

Los usuarios de la playa de Breadouro son libres de andar como Dios los trajo al mundo por estos arenales pero no lo son para utilizar un antiguo acceso natural. Un juez acaba de dar la razón a los responsables de un negocio de hostelería que mantiene cerrado el paso desde hace años. El Ayuntamiento había declarado público el camino tras encargar una investigación, pero la sentencia del juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Vigo lo ha devuelto a manos privadas. El fallo ha girado en sentido contrario a los intereses municipales a pesar de que el juez apuesta porque el sendero tenga un carácter público. Pero ha anulado la decisión municipal por una cuestión formal. El Ayuntamiento incumplió el plazo legal que tenía para emitir una resolución una vez iniciado el expediente. Su decisión posiblemente acertada de declarar público el camino se ha convertido en papel mojado a causa de esta tardanza. La ley de de Procedimiento Administrativo Común fija un período de tres meses para resolver los procedimientos cuando no se fije un plazo máximo.

Caducidad

En este caso, el Concello incoó el expediente el 21 de noviembre de 2016, pero no lo resolvió hasta el 18 de junio de 2018, es decir, cuando ya había caducado. Esta circunstancia «sería suficiente la estimación del recurso», estima el juez en la sentencia, que aún así continúa los razonamientos para acabar dando por sentada «la corrección de la declaración de la titularidad municipal del terreno destinado al camino de uso público».

Los responsables del negocio demandaron al Concello cuando declaró el camino de todos. Además de la caducidad del expediente, también se basaban en una ausencia de circunstancias para presumir la propiedad pública. Para ello presentaron la tramitación de un expediente de dominio seguido en el juzgado de primera instancia número 8 de Vigo y un informe de la unidad de Patrimonio del Concello, que tras consultar el inventario municipal, determinó que no consta ninguna propiedad municipal en la zona.

Frente a esto, el Concello defendió la preexistencia de un camino de mayor recorrido que fue seccionado cuando se construyó la carretera PO-324 y que los dueños de la parcela colindante la ampliaron e incluyeron en ella el espacio por el que discurre el camino.

El juez entiende que los particulares se equivocan por que el Concello no tiene que probar la titularidad pública del camino para la incoación del expediente y solo le basta la existencia de indicios que apunten en esa dirección.

El magistrado inclina la balanza en favor del Concello aunque después no le de la razón por el incumplimiento de los plazos. ««Los elementos que confluyen al carácter demanial del espacio como constitutivo de un uso camino público son más sólidos que los que apuntan a un carácter privado y suficientes para validar la incoación del expediente», reza el fallo. «Sostener su carácter privado resulta harto complicado», añade. Se basa en que es inapelable la preexistencia del camino que une dos espacios públicos como son la playa y la carretera PO-324.

Quienes ahora defienden el camino como suyo, hace años denunciaron las ilegalidades de otro establecimiento que tenían al lado, El Chiringo, que el Ayuntamiento acabó demoliendo para cumplir una orden judicial.