Declaran la invalidez de un mando de bomberos que se quedó sordo al bucear

e. v. pita VIGO / LA VOZ

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La joven atropellada está ingresada en el Hospital Álvaro Cunqueiro de Vigo
La joven atropellada está ingresada en el Hospital Álvaro Cunqueiro de Vigo M.MORALEJO

El Tribunal Superior concluye que ya no puede dirigir a sus hombres en primera línea

01 ago 2019 . Actualizado a las 05:00 h.

Un suboficial de los bomberos de Vigo ha logrado que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) le reconozca una invalidez profesional después de que, a sus 60 años, sufriese una sordera cuando hacía unas prácticas de buceo en diciembre del 2016. Un juez laboral de Vigo le denegó la invalidez y solo le concedió 3.580 euros para compensarle por una enfermedad profesional porque, inicialmente solo había perdido un 31 % de la audición y podía dejar el equipo de buceo para centrarse en sus tareas de coordinación.

Sin embargo, el TSXG ha revocado esta sentencia porque el bombero poco a poco fue perdiendo más audición y quedó relegado a un puesto administrativo. El alto tribunal le concedió la situación de incapacidad permanente parcial para el oficio de bombero, lo que le da derecho a percibir una prestación.

El bombero pertenecía desde hace 30 años al equipo de buceo y tenía que hacer prácticas una vez al mes así como intervenciones de emergencia. Se trataba de un bombero que participaba en primera línea de intervención en los siniestros y siempre seguía los protocolos. Durante una inmersión, el profesional, de 60 años, sintió un fuerte dolor en el oído derecho tras subir a la superficie, probablemente a los efectos de la presión en el mar. Pidió ayuda a los médicos y la mutua contratada por el Concello de Vigo le descubrió un enrojecimiento en el tímpano. Tiempo después, un especialista en otorrinolaringología le hizo una audiometría y certificó una pérdida del 31,7 % de audición en cada oído al ver una hipoacusia bilateral simétrica.

Esta deficiencia no superaba el listón del tercio de su capacidad para ejercer como bombero, por lo que el Instituto Nacional de la Seguridad Social solo le reconoció una enfermedad profesional por lesiones que no lo invalidaban y le reconoció 3.580 euros de indemnización. El Concello y la mutua sugerían que el lesionado podía pedir ya la jubilación anticipada sin merma de su pensión.

El bombero no aceptó este dictamen pues quería que le reconociesen la invalidez permanente parcial para su profesión habitual. Alegó que, unos días más tarde, otra audiometría que le practicaron en un hospital privado descubrió que su oído derecho había perdido el 66 % de la audición y el otro el 69 %. Añadían que andaba normal y mantenía una charla en tono normal.

El Concello, a partir de un informe de prevención ajeno, restringió sus tareas para que interviniese en primera línea, no trabajase en altura, no condujese vehículos, ni hiciese actividades subacuáticas. En septiembre, la jefa de recursos humanos y prevención de riesgos adaptó su puesto de trabajo. Test posteriores dispararon su sordera al 79 %.

El juez de lo Social número de Vigo desestimó su invalidez, al guiarse por el primer dictamen, y el bombero recurrió al TSXG. El alto tribunal concluye que las posteriores secuelas del 66% son una lesión neurosensorial y afecta a las frecuencias conversacionales, a su trabajo en situaciones de riesgo aunque su categoría sea de suboficial porque desarrolla sus funciones en un grupo operativo. No solo hace labores ejecutivas y de dirección sino que debe trasladarse a los lugares del siniestro para ordenar las maniobras a sus hombres y, en caso de urgencia, intervenir. A raíz del accidente, fue trasladado a hacer labores burocráticas.