Un banco reclama a un jubilado cinco veces más de lo que le prestó en 1989

e. v. pita VIGO / LA VOZ

VIGO CIUDAD

XOAN CARLOS GIL

Normalmente los abogados recomiendan oponerse al pago de los intereses para que un juez decida si son abusivos

17 mar 2019 . Actualizado a las 05:00 h.

Un jubilado que adeudaba 360.000 pesetas de un préstamo contratado en 1989 (2.100 euros) afronta una reclamación por parte de un fondo buitre que le liquida intereses por 8.000 euros más. Le llegó una carta en la que el nuevo acreedor le comunicaba que tenía que pagar, 30 años después, un total de 10.000 euros por la deuda contraída por un banco o caja en los años 80, es decir, cinco veces más de lo que pidió. La entidad financiera había vendido un lote de deudas incobrables al fondo buitre y este estaba ahora intentando cobrarlo todo.

Un pensionista contó hace unos meses esta historia en el Colegio de Abogados de Vigo al acudir urgentemente a pedir que le concediesen un letrado del turno de oficio para oponerse a la demanda presentada por el fondo buitre para reactivar la ejecución de la sentencia que le ordenaba el pago del dinero. En su tiempo, el moroso era insolvente y el expediente quedó abandonado pero sin prescribir ni caducar, motivo por el que ahora se reactiva. Hay más casos como este, que han llegado en los últimos meses, también de la banca y antiguas cajas de ahorros.

Los jurisconsultos de Vigo señalan que la opción más factible es oponerse a la cuantía de los intereses y hacer que el juez revise el cálculo para detectar si son abusivos. Se busca que la cifra sea ajustada a derecho.

Una letrada judicial de primera instancia de Vigo explica que siguen llegando casos antiguos pero que los intereses del 400 % son una excepción o algo extremo. La razón, según dice, es que en la mayor parte de estos préstamos de los años 80 o 90, ambas partes pactaron en el contrato un determinado interés, por ejemplo, del 22 %. Por esa razón, considera que apenas se dan casos en Vigo en los que los intereses son tan altos. «Que quintupliquen el principal me parece una pasada; en general es difícil calcularlos pero nunca llegan a ser tan altos», dice una letrada judicial.

La misma experta resalta que los intereses solo se liquidan cuando ya se ha pagado la cuantía principal de la deuda, por lo que es difícil saber qué porcentaje anual se va a reclamar por la demora. Cree que son unos intereses que no llegan a esas cantidades astronómicas que denuncian afectados.

Llamadas

Los juzgados de primera instancia suelen recibir llamadas de ciudadanos que han recibido la carta con las exigencias del fondo buitre. Cuando los funcionarios le explican que son deudas impagadas desde hace décadas, muchos callan y «llaman para quejarse pero luego no hacen nada». Otros se sorprenden porque daban por hecho que ya habían prescrito o caducado, porque llevaban años sin recibir requerimientos ni nadie había tocado su cuenta corriente. Solo se enteraron cuando el juzgado le empezó a retirar dinero o a embargarle los salarios (aquellos que aún trabajaban).

Si el moroso es un pensionista o jubilado, el juzgado tiene que respetar el importe 900 euros del salario mínimo y deducir el sobrante, que se considera ahorro y no un mínimo vital. «Hasta los 900 euros no se les puede quitar nada», dicen en un tribunal.

Los beneficios de los fondos buitre con el cobro de intereses suelen tributar en su sede, generalmente un país con baja fiscalización como Luxemburgo, Irlanda o la isla de Man.