Multado con 36.000 euros un expendedor de cajetillas de Vigo por privilegiar a dos marcas por dinero

e. v. pita VIGO / LA VOZ

VIGO CIUDAD

CESAR TOIMIL

El administrador de unas máquinas de vending pactó con dos tabacaleras privilegiar sus productos a cambio de un margen

01 jun 2018 . Actualizado a las 13:27 h.

La Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ha confirmado la multa de 36.000 euros para un expendedor de tabaco de Vigo por alterar la libre competencia y la neutralidad en el mercado. El tribunal ve probado que el empresario privilegiaba la posición de las cajetillas de dos marcas en sus máquinas de venta de tabaco a cambio de un margen de los beneficios.

El expediente sancionador fue promovido en junio del 2015 por la presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos contra las marcas JT Internacional Ibérica SL y Philip Morris Spain SL. Les acusaba de haber ofrecido a los expendedores o a los puntos de venta con recargo de un margen directo o indirecto que era distinto del que fija la ley.

Uno de los contratos irregulares había sido suscrito por la entidad Eurovending Vigo SL, los cuales venían renovándose desde el 2013. Esta entidad, administrada por un expendedor de tabacos de Vigo, se obligaba a mantener y actualizar la pantalla frontal de las máquinas de las etiquetas que identificaban las marcas con ambas fabricantes, debía aprovisionar las cajetillas de nombres más demandados, controlar la calidad y frescura de los productos y asegurar que existiese un stock. Fue descubierto en el 2016 y el Mercado de Tabacos le impuso 36.060 euros de multa por una infracción muy grave. Por su parte, el Ministerio de Hacienda llegó a la conclusión de que el expendedor tenía potestad para decidir qué labores de tabaco había que reponer en las máquinas, así como las cantidades concretas de cajetillas de los diferentes productos, según las obligaciones que había asumido con las tabaqueras.

El expendedor lo negó todo y alegó que Eurovending Vigo la administra un hermano suyo que fue el que firmó los contratos con las tabacaleras. La Audiencia Nacional concluye que el implicado actuó como «cooperador necesario» para que se llevasen a cabo tales compromisos adquiridos, el cierre de los contratos y la obtención de un beneficio económico. Ven un acto desleal hacia el resto de las marcas porque usó su posición de privilegio en las máquinas expendedoras para ganar un dinero extra gracias a las fabricantes que pactaron con él sus servicios.

Eurovending Vigo fue expedientado por favorecer a unos fabricantes en sus máquinas de venta