Catorce años y once meses por acuchillar en el cuello a su expareja en Vigo

Alfredo López Penide
López Penide PONTEVEDRA / LA VOZ

VIGO CIUDAD

RAMON LEIRO

La Audiencia de Pontevedra descarta el ensañamiento, así como la existencia de una anomalía o alteración psíquica en Juan Carlos Fariñas

12 abr 2018 . Actualizado a las 00:18 h.

Catorce años y once meses de prisión por un delito de intento de asesinato. Esa es la pena que ha recaído sobre Juan Carlos Fariñas por el acuchillamiento de la que había sido su pareja sentimental en Vigo durante tres años. Además se le impone el pago de una indemnización de 384.146 euros.

Los hechos se remontan a la mañana del 12 de abril del 2015. Minutos antes de las ocho de la mañana, el acusado, «vestido con una sudadera negra, con la cara tapada de forma que solo se podían ver sus ojos y con guantes», y armado con un cuchillo se apostó en el portal de la vivienda de la víctima. En el momento en el que esta abrió la puerta, «se abalanzó de forma súbita y sorpresiva sobre ella, propinándole un puñetazo en la mandíbula izquierda».

Acto seguido, la empujó contra la pared y le asestó una puñalada en el costado izquierdo para, acto seguido, arrastrarla hasta el sótano del edificio. Tras tirarla al suelo boca abajo, «le clavó el cuchillo en el cuello con tal virulencia que el mango se rompió», al tiempo que la insultaba, le decía: «Si no eres para mí no eres para nadie. Te voy a matar. Muérete».

Después de permanecer unos minutos impasible y observar como la víctima se arrastraba intentando huir, accedió a sus súplicas. De este modo, la introdujo en el coche y la llevó hasta el hospital Povisa, donde ambos trabajaban.

A unos treinta metros de este centro sanitario, estacionó el vehículo y salió huyendo. La joven, «en un último esfuerzo vital, logró aproximarse hasta la puerta de urgencias donde fue atendida de sus lesiones».

En su sentencia, la Audiencia de Pontevedra reconoce que «no alberga duda alguna de la “brutalidad objetiva” de la acción ejecutada por el procesado», pero entiende que no se dan los requisitos para hablar de ensañamiento. Exige buscar «la provocación de un dolor innecesario que excediera de la consumación típica, que no consta acreditado en la forma en que se describe en los escritos de acusación por el ministerio fiscal y la acusación particular».

Las magistradas insisten en que «la reiteración de los golpes y multiplicidad de heridas que se describen (...), atendiendo a la secuencia temporal y a la mecánica de producción de los mismos no revelan sino que el propósito del acusado era acabar con la vida de la victima, aunque no se llegara a culminar su propósito, casi inexplicablemente, como refieren los forenses».

Por otro lado, también rechazan la existencia de una atenuante de anomalía o alteración síquica en el caso de Juan Carlos Fariñas, ya que «mantenía la integridad de sus capacidades volitivas e intelectivas, precisando categóricamente en el Plenario la forense (...) que el acusado sabia lo que quería y hacia»