Los siete «rotonderos» de Vigo se libran de ir a la cárcel

La Voz VIGO / LA VOZ

VIGO CIUDAD

M.MORALEJO

Dos años de prisión para un acusado y de meses para el resto por provocar accidentes para cobrar del seguro

28 oct 2017 . Actualizado a las 23:26 h.

El juzgado de lo penal 1 de Vigo ha condenado a siete personas por provocar accidentes de tráfico en el centro de Vigo con el objetivo de simular lesiones por las que fueron indemnizados por las compañías de seguros. El conductor que provocó los siniestros, Alberto A.C., es quien ha recibido la mayor condena, de dos años de prisión, que no implica su ingreso efectivo en prisión.

Los otros condenados eran acompañantes y se les ha impuesto un pena de ocho meses de prisión. Todos los siniestros obedecían a la misma mecánica. Eran colisiones con daños leves. El fallo considera que los acusados acudían a un centro médico de la ciudad, donde simulaban las lesiones para obtener unos partes médicos gracias a los cuales posteriormente cobraban indemnizaciones. Tendrán que devolver el dinero y pagar las tres cuartas partes de las costas.

Así, en enero de 2012, el acusado Alberto A. C. entró en la rotonda que regula la confluencia de la Gran Vía con la calle Islas Baleares y colisionó contra un vehículo que se encontraba dentro de la glorieta. Tras el choque, acudió a un sanatorio y simuló una lesión en un brazo por la que cobró 1.500 euros. Meses después, el mismo acusado circulaba con otros tres acompañantes por la Gran Vía y en la misma rotonda colisionó contra un BMW.

Pese a que no se produjeron lesiones, el conductor y sus tres acompañantes acudieron a un centro médico fingiendo estar heridos. De esta forma consiguieron que las compañías les indemnizaran en torno a los 2.500 euros cada uno. La situación volvió a repetirse en junio de 2013. El conductor accedió a la misma rotonda y provocó otro choque.

Pruebas

Demasiadas veces en un mismo sitio y siempre un mismo conductor hicieron sospechar a las compañías de seguros que se presentaron como acusación particular en el procedimiento judicial. «Tras la prueba plenaria esta juzgadora ha alcanzado la plena convicción, más allá de toda duda, de que los acusados son responsables de los delitos que se le imputan», concluye la jueza en la sentencia. La versión que ofreció el acusado carece «de la más mínima convicción, inseguro, nervioso, impreciso y vacilante en sus manifestaciones». En uno de los siniestros, los únicos lesionados resultaron ser las ocupantes del vehículo que conducía Alberto, que también se trasladó de inmediato al hospital. Los propios forenses señalaron que las lesiones que están recogidas en los partes de urgencias «son subjetivas, por cuanto se diagnostican, como se recoge en los propios informes, por el dolor que refiere la propia víctima». No hay en ninguno de los siniestros contusión, erosión, hematoma, fracturas o lesiones que sean mínimamente objetivables.

Además considera la jueza que el siniestro carece de entidad e intensidad como para generar todas las lesiones reclamadas. De hecho, una de las víctimas reconoció que se sorprendió cuando llegó la ambulancia, por cuanto todo lo que ocurrió «fue un rascacito».

La magistrada también expresa en la sentencia que los acusados incurrieron en numerosas contradicciones. «Son palmarias y no hacen más que confirmar que mienten», señala en el fallo que considera culpables a siete acusados de delitos continuados de estafa, mientras que absolvió a otras dos personas que también habían sido procesados.