Eximen a un Anpa de abonar 15.000 euros por la caída de un escolar

e. v. pita VIGO / LA VOZ

VIGO CIUDAD

La Audiencia revoca una sentencia que obligaba a una asociación de padres y alumnos a indemnizar a un menor que se lesionó en un tobogán hinchable en una fiesta infantil en su colegio

28 oct 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

La Sexta Sección de Audiencia ha revocado una sentencia que obligaba a una asociación de padres y madres de un colegio de enseñanza infantil y primaria de Balaídos a pagar 15.170 euros por la caída de un niño de siete años en un tobogán hinchable durante una fiesta infantil en el centro en el 2015. La Audiencia exime a la asociación de toda culpa porque entiende que la responsabilidad es de la empresa que contrataron para montar las atracciones y de sus monitores por no prestar la debida vigilancia en el tobogán.

Las atracciones estaban montadas en el patio y el gimnasio del colegio pero la lluvia hizo resbaladizo el plástico y el menor accedió sin control de los monitores de una empresa de animación y juegos, que en ese momento organizaban un sorteo. La jueza de primera instancia número 8 de Vigo condenó en el 2015 al Anpa del CEIP de Balaídos a pagar la indemnización a los padres del menor pero la asociación apeló a la Audiencia y esta les da la razón. El tribunal provincial absuelve al Anpa porque ve «absurdo» que la asociación vigilase a los vigilantes de la fiesta pues para eso los contrató a ellos.