En libertad el único investigado por la explosión de Tui tras más de nueve meses en prisión

TUI

M.MORALEJO

La jueza firmó el lunes el auto y Francisco González Lameiro abandonó ya la cárcel de A Lama. Los vecinos afectados aseguran sentirse frustrados y anuncian que su letrada recurrirá la medida

13 mar 2019 . Actualizado a las 22:26 h.

Francisco González Lameiro, único investigado por la explosión de material pirotécnico en Tui que dejó dos víctimas mortales, ya disfruta de libertad provisional. La titular del juzgado de instrucción Número 1 firmó el lunes el auto por el que acuerda libertad provisional con la obligación de comparecer en sede judicial cuando le sea requerido, concretamente los días 1 y 15 de cada mes. A la vez decreta la retirada del pasaporte.

González Lameiro estaba en prisión provisional desde el 29 de mayo, seis días después, de que se produjera la explosión de un almacén ilegal de material pirotécnico en el que murió un matrimonio y que voló el barrio de A Torre, en la parroquia de Paramos. La decisión de la jueza es contraria a la petición del Ministerio Público, que solicitó que se mantuviera la prisión provisional comunicada y sin fianza, al igual que la letrada de la plataforma de afectados, según confirmó su portavoz, Lupe Pérez. La jueza razona en el auto que la instrucción «está prácticamente finalizada, restando únicamente, la valoración pericial de los daños materiales producidos a causa de la explosión, sanidad definitiva de algunos de los lesionados, así como la realización de acciones a un centenar de perjudicados, extremos todos ellos que inciden más bien en la envergadura de la responsabilidad civil derivada del delito que en la misma relevancia penal de los hechos».

Considera que la jueza que «en el momento procesal que nos encontramos, no se estima que el investigado pueda ocultar, alterar o destruir fuentes de prueba, no solo por la evidencia de los hechos acaecidos, puesto que la prueba de que el investigado detentaba y almacenaba productos o material pirotécnico sin salvaguardar las condiciones de seguridad y sin ningún control administrativo, se ha puesto de manifiesto con la explosión de la nave sita en Paramos donde presuntamente, el investigado había almacenado material explosivo, de manera que ninguna prueba pueda ser detraída a la investigación policial e instrucción judicial sino por los posteriores hallazgos en dos galpones cercanos». 

En este momento procesal la titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Tui descarta que el investigado pueda «ocultar, alterar o destruir fuentes de prueba». Así, resalta la “evidencia de los hechos acaecidos, puesto que la prueba de que detentaba y almacenaba productos o material pirotécnico sin salvaguardar las condiciones de seguridad y sin ningún control administrativo se ha puesto de manifiesto con la explosión de la nave sita en Paramos, donde tenía, presuntamente, almacenado material explosivo». «No se conocen otros establecimientos clandestinos que hayan podido ser utilizados por el investigado con los mismos fines, de manera que quiebran los presupuestos que fundamentaron en su día la adopción de la medida cautelar personal de prisión preventiva», señala la jueza, quien también considera «inexistente» el riesgo de reiteración delictiva tras la demolición de las instalaciones de la pirotecnia La Gallega.

Tras la explosión de la nave de Paramos el sospechoso quedó en libertad provisional, pero cuatro días después, al descubrirse nuevos depósitos ilegales de material explosivo, el juzgado acordó su ingreso en prisión provisional. La jueza asegura en el auto que los hechos investigados presentan los caracteres de delito de riesgo catastrófico en su modalidad de delitos de riesgo provocados por explosivos y otros agentes (castigado con hasta tres años de cárcel) y un delito de estragos por imprudencia grave (castigado con hasta cuatro años), en concurso con dos delitos de homicidio imprudente (castigados con hasta cuatro años) y varios delitos de lesiones imprudentes (castigados con penas de privación de libertad de hasta seis meses).

La instructora subraya que hay “«ndicios racionales suficientes» para señalar al investigado como «el único responsable de la tenencia y almacenaje de las sustancias y la única persona que, presuntamente, conocía la existencia y destino del almacén y frecuentaba dicha nave».

Frustración entre los afectados

«Aunque respetemos el auto judicial nuestra defensa letrada lo recurrirá por nuestra disconformidad con esta decisión», confirma Lupe Pérez, portavoz de la asociación de afectados por la explosión de Paramos.

Explica que «él llegó a Tui antes de que nosotros supiéramos que estaba en libertad, ni pudimos comunicárselo a los afectados y, de hecho, una de ellas sufrió un ataque de ansiedad al verlo allí», indica. La entidad, que participa activamente en el proceso penal que se sigue en el juzgado de instrucción número 1 de Tui, espera que «no se vuelva a acercar a la zona, por respeto a las víctimas», advirtiendo de los sentimientos de «frustración» y «malestar» que aseguran ha desatado la puesta en libertad de Francisco González Lameiro. De hecho, añaden, «tememos por la salud de muchos afectados, que están a tratamiento psicológico o psiquiátrico». «Más allá de la parte judicial nos sentimos impotentes y desamparados por nuestras nuestras administraciones, porque permitieron que este señor pueda dormir en su casa antes que muchos afectados», apuntan.

«El enfado y dolor de los afectados es muy grande y más allá de la decisión judicial se solicita encarecidamente al señor Lameiro, que tenga un respecto a las víctimas y no pase por Paramos. Dicha actitud ya ha provocado daños en la salud de nuestros vecinos», insiste la asociación. Sobre el auto de liberación avanzan que recurrirán «porque hay suficientes indicios de criminalidad».