Un vecino de O Rosal destruye un yacimiento arqueológico para rellenar una carretera

carlos ponce O ROSAL / LA VOZ

O ROSAL

La Guardia Civil investiga el presunto delito contra el patrimonio histórico de Mina das Medas

06 abr 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

El Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) investiga a un vecino de O Rosal como presunto autor de un delito contra el patrimonio histórico, por la supuesta destrucción de un yacimiento arqueológico de origen romano conocido con el nombre de Mina das Medas, en O Rosal. Las investigaciones se iniciaron a raíz de una denuncia presentada ante la Guardia Civil en la que se ponía en conocimiento el movimiento de tierras que se estaba produciendo en el enclave de una antigua mina aurífera.

La patrulla del Seprona de Tui pudo comprobar que, en efecto, se estaban realizando trabajos de excavación en la zona donde se encontraba la mina. El investigado retiraba la tierra y la utilizaba de relleno en las obras de la carretera PO-353, que discurre por el municipio de O Baixo Miño. Estos restos mineros ya se encontraban muy alterados por la construcción precisamente de carreteras, de viviendas y labores agrarias, y la presunta actuación del investigado ha agravado todavía más el precario estado del patrimonio histórico de O Rosal.

Bien de Interés Cultural

Una vez constatado que el yacimiento afectado se encuentra inventariado como Bien de Interés Cultural (BIC) en el servicio de patrimonio histórico de la Xunta de Galicia y que, además, la excavación que estaba llevando a cabo el vecino de O Rosal investigado carecía de la preceptiva licencia urbanística de obra menor para el movimiento de tierras, el instituto armado le notificó al responsable su condición de investigado como presunto autor de un delito contra el patrimonio histórico, tipificado en el Código Penal.

Las diligencias instruidas por el Seprona se entregaron en el juzgado de instrucción de Guardia de Tui.

El artículo 321 del Código Penal establece que aquellas personas que derriben o alteren gravemente edificios singularmente protegidos por su interés histórico, artístico, cultural o monumental serán castigadas con penas de prisión de seis meses a tres años, multa de doce a veinticuatro meses y, en todo caso, inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de uno a cinco años. La sanción se puede endurecer al tratarse de un yacimiento declarado Bien de Interés Cultura.

Además del Código Penal, la propia Constitución Española de 1978 reconoce la necesidad de conservar y promover el enriquecimiento de este patrimonio histórico.