Rebajan medio año de cárcel a un vecino de O Porriño que abusó de una niña de cuatro años

e. v. pita VIGO / LA VOZ

O PORRIÑO

Sede del Tribunal Superior de Xustiza, en A Coruña.
Sede del Tribunal Superior de Xustiza, en A Coruña. PACO RODRÍGUEZ

El Tribunal Superior da la razón a la Fiscalía y le reduce la condena de once años a diez y medio por la nueva ley sobre abusos sexuales

29 nov 2022 . Actualizado a las 19:01 h.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha rebajado en medio año la cárcel a un vecino del partido judicial de O Porriño condenado por abusar sexualmente de una niña de cuatro años que era la hija de su novia.

El implicado fue condenado por la Audiencia de Pontevedra en abril del 2022 a once años de cárcel pero él recurrió la sentencia ante el TSXG. La sala rechaza ahora su recurso pero le da la razón a la Fiscalía, que le avisó de que, según el nuevo cálculo de la reforma legal de delitos sexuales, la pena justa que le correspondía era de diez años y medio, lo que suponía rebajarle en medio año la condena. Así lo contempla la sentencia, de acorde con el criterio de la Fiscalía.

El TSXG se pronuncia por primera vez de forma genérica sobre la revisión de penas a los condenados por delitos sexuales. Explica que en la redacción actual del artículo 183.1 y 4 del Código Penal, la pena a imponer es de seis a doce años en su mitad superior, es decir a partir de nueve años. En su día, la segunda sección de la Audiencia de Pontevedra impuso once años, que era justamente la mitad de la extensión superior en la redacción anterior (de diez a doce años). Por tanto, el TSXG se alinea con el fiscal respecto a que diez años y seis meses es justamente la pena que le corresponde en razón a la mitad de la pena en la mitad superior (de nueve a doce años).

El acusado, un tal Cerilla, de 56 años, perpetró sus abusos en abril del 2020, cuando su novia y la hija pernoctaban en su domicilio. La menor se quedó dormida en el sofá y el anfitrión la acostó en su cama y luego discutió con su novia en el salón. Al día siguiente, la madre se fue y dejó a la niña dormida en compañía del procesado. Al estar a solas a cargo de la menor, le hizo tocamientos. La madre descubrió horas después un sangrado y erosiones en la menor y tuvo que llevar a la niña a urgencias. Inicialmente, el implicado fue condenado a once años de cárcel, la prohibición de acercarse a la casa de la niña hasta que sea mayor de edad, la libertad vigilada durante cuatro años, la prohibición de ejercer oficio relacionado con menores, el pago de una indemnización a la menor de 9.000 euros por lesiones y daños morales y el abono de 4.557 euros al Sergas por la asistencia prestada a la víctima.