La Xunta ordena derribar la obra ilegal de un exalcalde de Nigrán

alejandro martínez NIGRÁN / LA VOZ

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Imagen de la edificación con orden de derribo en Panxón
Imagen de la edificación con orden de derribo en Panxón alejandro martinez molina

La edificación de Avelino Fernández en suelo rústico no tenía licencia válida

28 feb 2026 . Actualizado a las 01:55 h.

La directora de la Axencia de Protección da Legalidade Urbanística (APLU) ha ordenado la demolición de una edificación residencial en construcción y de un camino pavimentado ejecutados en el Camiño dos Lagos, en el lugar de Madorra, en Panxón. La resolución pone fin a la vía administrativa y concluye que las obras son incompatibles con el ordenamiento urbanístico y no pueden ser legalizadas. El expediente de reposición de la legalidad urbanística se incoó en relación con la ejecución, en suelo rústico, de una estructura de hormigón armado destinada a uso residencial y de un camino de acceso pavimentado con hormigón.

Las obras fueron objeto de inspección urbanística, tras lo cual la APLU acordó la suspensión inmediata de las obras y la retirada de los materiales, concediendo al interesado un plazo de quince días hábiles para presentar alegaciones.

El titular y promotor de las obras es el exalcalde de Nigrán Avelino Fernández Alonso. Durante la tramitación del procedimiento, presentó un escrito en el que alegó que las obras contaban con una licencia otorgada en el año 1977 al anterior propietario para la construcción de una vivienda.

Sin embargo, el informe del inspector urbanístico incorporado al expediente concluye que las obras ejecutadas no se corresponden con lo previsto en dicha licencia. En concreto, señala que no coinciden ni con la superficie y forma de la parcela ni con las distancias de la edificación a los lindes previstas en el proyecto técnico autorizado, por lo que la licencia, incluso en el supuesto de estar vigente, no ampararía la construcción realizada.

Como hechos probados, la resolución recoge que Avelino Fernández Alonso está llevando a cabo obras consistentes en la construcción de una edificación residencial y en la ejecución de un camino pavimentado de acceso a la misma en el Camiño dos Lagos, según resulta de las inspecciones practicadas. La estructura de la edificación, actualmente paralizada y sin rematar, está formada por elementos de hormigón armado, incluyendo forjados, vigas, pilares y muros, con una ocupación aproximada de unos 100 metros cuadrados por planta. El camino de acceso ejecutado presenta una longitud aproximada de 76 metros y está pavimentado en hormigón. La resolución señala que las comunicaciones previas presentadas por el interesado ante el Concello relativas al acceso no permiten su legalización, al tratarse de una obra auxiliar vinculada a un uso que no es autorizable en ese tipo de suelo.

Los terrenos en los que se sitúan las obras están clasificados como suelo no urbanizable, lo que condiciona los usos permitidos y limita la posibilidad de implantación de edificaciones residenciales.

Durante la tramitación del procedimiento, el interesado alegó también que la ejecución de las obras se había visto condicionada por la oposición vecinal, aportando una denuncia presentada ante la Guardia Civil en el año 1979. La resolución concluye que esta circunstancia no altera la valoración urbanística de las actuaciones ni justifica su ejecución en las condiciones actuales.