Un paciente creyó durante 15 años que tenía el virus del sida y arruinó su vida

alejandro martínez VIGO / LA VOZ

NIGRÁN

M.MORALEJO

El juez condena al Hospital Povisa a pagarle una indemnización de 60.000 euros

20 mar 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

Un vecino de Nigrán creyó durante 15 años que era portador del virus del sida y de la hepatitis C y esta convicción arruinó su vida porque su familia y su entorno lo trataron como un apestado. El juzgado de lo contencioso administrativo ha condenado al Hospital Povisa y a su compañía de seguros a pagarle una indemnización de 60.000 euros. El afectado reclamaba 400.000 euros por los daños morales, pero el magistrado ha estimado que la cantidad ajustada según la actual jurisprudencia es de 4.000 euros por cada uno de los años que pensó que era seropositivo. Su calvario comenzó en el año 2000, cuando ingresó en urgencias con una herida en una pierna. En el apartado de otras observaciones de su diagnóstico se hizo constar que tenía el virus del sida y de la hepatitis.

El testimonio aportado durante el proceso judicial por una hermana dice mucho sobre cómo el mundo se le vino abajo de la noche a la mañana. El hombre, que en ese momento tenía 35 años, vivía con su mujer y su hija en una pequeña vivienda de Nigrán. Fue hasta que llegó la carta de Povisa que contenía el alta médica. Un hermano fue el primero en abrirla y así fue el primero en conocer el resultado positivo del VIH.

La noticia fue inmediatamente comunicada a la mujer del paciente y ella se lo contó a él. A partir de ese momento, se desencadenaron las acusaciones mutuas acerca del origen del contagio. Las discusiones terminaron en la ruptura matrimonial y en una espiral de autodestrucción. El hombre incluso tuvo tres intentos de suicidio. «Su vida personal, social y laboral se desmoronó, quebrándose todo su proyecto de vida vital», según expresa el juez en la sentencia que culmina el proceso en el que la víctima ha sido defendida por la letrada Noemí Martínez González, del Colegio de Abogados de Pontevedra.

El demandante dejó de ver a su hija de 10 años por el temor de su madre y de su abuela a que fuese contagiada y actualmente tiene un nieto al que apenas conoce. También perdió la relación con sus hermanos y los hijos de estos, pues se trataba de evitar cualquier contacto. Toda la familia sufrió el estigma de la enfermedad, incluida la menor, a la que trataron como si fuera una apestada en el colegio en el que estudiaba. El hombre recayó en el consumo de drogas, lo que, unido a que le quedaban pocos años de vida, comenzase una espiral delictiva que lo llevó a ingresar en prisión en 2002. Durante su estancia en la cárcel tuvieron que aplicarle el protocolo antisuicidio en varias ocasiones. En el año 2000, la mera infección de VIH suponía una condena de muerte y así lo vivió el denunciante.

El juez expresa en el fallo que esta equivocación «se dilató de manera innecesaria y dolorosamente en el tiempo». Los servicios sanitarios pudieron comprobar en diversos momentos que los resultados de la serología eran negativos «y aun así ni se corrigió documentalmente ni se comunicó al interesado». El hombre no se enteró de que no tenía nada hasta que cayó preso en la cárcel de A Lama. En el informe del servicio de Microbiología de la Xerencia de Xestión Integrada de Pontevedra y O Salnés fechado el 30 de septiembre de 2015, se expresa que los datos que aparecen registrados en el sistema informático de laboratorios, en respuesta a las solicitudes realizadas en diferentes años entre 2005 y 2015, constatan el resultado negativo de los análisis de estas enfermedades contagiosas.

Claro error

La administración reconoció explícitamente un «claro error de diagnóstico mantenido durante 15 años» y cifró la indemnización de daños y perjuicios en casi 20.000 euros, asimilando la situación producida a la de una incapacidad permanente parcial.

En las contestaciones a la demanda, la defensa de Povisa trató de minimizar el impacto que la noticia pudo provocar en el denunciante, haciendo hincapié en un episodio ocurrido en el año 1995. El hombre había ingresado para un estudio diagnóstico por unas hemorragias acompañado por la policía por la sospecha de ingesta de drogas que el paciente negaba. Al final lo que tenía eran hemorroides, pero se agregó en su diagnóstico que era adicto a las drogas porque lo habían pillado en un baño del hospital fumando heroína y se negó a deponer su actitud.

Para el juez este antecedente es irrelevante porque la analítica que se le practicó en aquella ocasión ya reveló que no era portador del virus del sida ni de la hepatitis. Que fuera consumidor de heroína hacía más creíble para él haberse contagiado.