Prohibido guardar sitio en la playa de Cangas o zambullirse desde un acantilado

CANGAS

Entra en vigor la nueva ordenanza tras su publicación ayer en el Boletín Oficial de la Provincia
20 ene 2023 . Actualizado a las 00:35 h.Quienes quieran disfrutar este verano de una jornada de playa en cualquiera de los 38 arenales que salpican la costa de Cangas ha de ponerse al día sobre la nueva normativa. El Boletín Oficial de la Provincia publicó ayer la modificación de la ordenanza de uso y disfrute de las playas que el pleno aprobó en abril del año pasado y que entra así en vigor tras no haberse presentado ninguna reclamación. El documento se fraguó tras revisar la ordenanza del 2009 y actualizarla para adaptarla a los nuevos tiempos y poner negro sobre blanco una normativa que frene definitivamente modas como la de reservar sitio en la playa con toalla o sombrillas o hábitos como soltar a los animales de compañía en zonas de especial protección por cría de aves. La normativa adecúa la ordenanza a la nueva realidad conciliando los derechos y deberes de los usuarios con la protección del medio natural y las iniciativas de desarrollo económico, recogía la propuesta aprobada por el plenario municipal.
Reservar sitio
Multa por dejar la sombrilla o la toalla. Adiós a las insólitas imágenes que se captaron en arenales como el de Francón, cuando la playa amanecía llena de bártulos pero sin ningún usuario dentro o fuera del agua. La ordenanza del 2009 ya vetaba el empleo de toallas, tumbonas, parasoles, sillas o sombrillas sin que se encontraran presentes sus propietarios con la intención de acotar un espacio reservado, pero la normativa solo prohibía que la permanencia de estos elementos en horario nocturno. Reservar un trozo de arena, por pequeño que sea, a partir de ahora, está prohibido a cualquier hora en todas las playas del municipio, según el artículo 15 de la ordenanza. Los objetos que se encuentren instalados con este fin serán retirados y almacenados en dependencias municipales durante un máximo de 14 días. Si no son retirados por sus dueños, que además de tener que acreditar la propiedad deberán abonar la correspondiente sanción, pasarán a tener la consideración de residuo y se eliminarán.
Animales
Se limita en zonas. La nueva ordenanza amplía la zona en la que no está permitida la presencia de animales domésticos. El artículo 18 establece que quedará prohibida su circulación, permanencia y baño en los arenales durante la época estival, del 15 de junio al 15 de septiembre. El veto se amplía a zonas ambientalmente sensibles por la cría de aves, como la pillara de las dunas, en Areabrava, Nerga o Barra y, desde el 15 de marzo hasta el fin de la temporada, en espacios Red Natura 2000 y en las zonas de Areamilla, Punta Balea o Praia do Medio. Los perros de salvamento, auxilio o policía quedan excluidos de esta prohibición.
fuego
Moragas o barbacoas. La nueva normativa canguesa acota el uso de fuego en las playas, prohibiéndolo en el suelo, la arena, piedras o rocas a excepción del día de San Xoán, para el que se remite a un reglamento específico. Tampoco se pueden usar bombonas o líquidos inflamables ni cocinar en la playa o lanzar globos o artefactos pirotécnicos. Ni siquiera en la noche más corta del año, en la que los baños se prohíben entre las 22.00 horas del 23 de junio y las 11.00 horas del 24, se podrán usar farolillos tailandeses por riesgo de incendios.
zambullidas restringidas
Obligaciones de los bañistas. La ordenanza municipal prohíbe desde ahora lanzarse al mar desde las zonas superiores de los acantilados, rocas, espigones, embarcaderos, plataformas decorativas, zonas señalizadas en las que esté prohibido el baño y cualquier otra en la que la orografía suponga un riesgo para la seguridad de las personas y del resto de los usuarios. Quienes incumplan la norma pueden ser obligados a salir del agua.
sanciones
Desde 60 hasta 3.000. Entre las leves, que pueden costar entre 60 y 300 euros, está reservar sitio con objetos, llevar animales o hacer ruido, así como jugar a las palas si se molesta a los demás y se ha advertido de que se debe parar. Es falta grave (300 a 1.500 euros) hacer hogueras, bañarse con bandera roja o lanzarse al mar desde acantilados. Entre las muy graves (1.500 a 3.000), están hacer fuego o varar embarcaciones fuera de las zonas balizadas.