El juez anula la licencia de la gasolinera de la vía rápida de A Guarda a O Rosal

La Voz VIGO

A GUARDA

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La sentencia considera que el proyecto debía estar firmado por un ingeniero superior y no por un perito industrial

29 oct 2021 . Actualizado a las 05:00 h.

El juzgado de los contencioso administrativo Número 1 de Pontevedra ha anulado la licencia que el gobierno local de A Guarda concedió a la gasolinera Baratoil el 9 de julio del 2018. El juez estimada el recurso de la estación de servicio San Roque y anula el permiso «porque no fue suscrito por un técnico competente». Según el auto y, tras citan numerosa jurisprudencia, el proyecto estaba suscrito por un perito industrial y debería haberlo hecho un ingeniero superior. El magistrado censura que estuviera firmado por un perito industrial, «que carece de la competencia y aptitud profesional exigible para este tipo de instalaciones».

La anulación de la licencia, una vez firme, «conllevará la paralización de la actividad y la obligación legal del Concello de A Guarda de reponer la legalidad urbanística infringida». Cabe recurso de apelación y el alcalde, Antonio Lomba, ya ha confirmado a La Voz que el Concello lo hará. Su recurso dilatará los plazos y además, avanza el regidor, «instaremos á propiedade a que presente un proxecto asinado por un arquitecto superior». La propia sentencia, del 15 de octubre, recoge que la propiedad «podrá enervar dichos efectos mediante la obtención de una nueva licencia ajustada al ordenamiento urbanístico y sectorial aplicable, acreditando la correspondencia real de la instalación ejecutada con la nueva licencia e instando a continuación la inejecución de la sentencia por imposibilidad legal».

El juez considera que este argumento es suficiente para anular la licencia y desestima las demás alegaciones, respecto a las autorizaciones sectoriales o a la calificación del suelo.

La recurrente, titular de otra gasolinera en el pueblo, alegó que los terrenos en los que se ubica este negocio están clasificados como suelo rústico en el planeamiento urbanístico municipal. El juez lo desestima indicando que en la Lei del Suelo del Galicia sí se admiten usos y actividades consistentes en instalaciones vinculadas funcionalmente a las carreteras y previstos en la ordenación sectorial. Esta gasolinera, apunta, da servicio a la vía rápida, de titularidad autonómica. También rechaza las alegaciones sobre la superficie mínima de construcción respaldando las dimensiones del terreno.