Condenado a dos años de cárcel por quitarle 94.000 euros a su esposa días antes del juicio de divorcio
VIGO
La mujer compró en el 2013 una finca con una casa ruinosa y un establo en Mos que luego fue expropiada por 230.000 euros por el Ministerio de Transportes para ampliar el aeropuerto vigués de Peinador. Su cónyuge alegó que él pagó 400.000 euros para la reforma integral de la vivienda
06 ago 2026 . Actualizado a las 00:46 h.Un exmarido ha sido condenado a dos años de cárcel por apropiarse indebidamente de 94.500 euros que cobró su entonces esposa en el 2023 como pago del justiprecio de una indemnización por la expropiación forzosa de unas fincas de Mos. El Ministerio de Transportes compró las tierras, propiedad exclusiva de la mujer, para destinarlas a un proyecto de Aena para ampliar el aeropuerto de Peinador, en Vigo. El marido pidió el divorcio quince días después de que su mujer cobrase una indemnización de 230.000 euros y se autotransfirió 94.500 una semana antes del juicio de la ruptura matrimonial.
«Conocía perfectamente que no podía disponer de los fondos de dicha cuenta, lo que confirma que se apresurara a ordenarla justo unos días antes del juicio y de la sentencia de divorcio», indica la Sección Primera de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx). Aunque los hechos sucedieron en Galicia, el juicio por apropiación indebida se celebró en la provincia de Cáceres, lugar actual de residencia de la denunciante.
La sala, en una resolución del 26 de junio del 2026, ha ratificado las condenas de la Audiencia Provincial de Cáceres y de un tribunal de Plasencia, donde uno de los excónyuges tenía su residencia. Avala una multa de 1.440 euros para el exmarido.
En el 2013, el matrimonio adquirió por 11.000 euros las fincas y un inmueble ruinoso en Mos, con expresa declaración de privacidad en favor de la esposa, la exclusiva titular del pleno dominio. En el 2019, la pareja acudió a un notario de Vigo y firmó unas capitulaciones que establecieron un régimen económico matrimonial de separación de bienes, y se repartieron el patrimonio ganancial.
La mujer cobró el dinero entre junio y octubre del 2023. Cuando faltaban 8 días para el juicio de divorcio, el marido transfirió 94.500 euros del abono de la expropiación a una cuenta de su empresa, de la que era administrador único, e incorporó el dinero a su patrimonio. A la semana siguiente, a finales del 2023, se celebró el juicio de divorcio en O Porriño.
El condenado en su recurso no ve delito penal y sí un negocio civil. Argumentó que el carácter privativo alcanzaba al suelo y a un inmueble ruinoso, que no figuraba inscrito ni delimitado en el catastro, pero las indemnizaciones incluían el terreno, las construcciones (un establo) y el mobiliario. Dijo que la indemnización tenía carácter ganancial y que él había pagado 400.000 euros de su bolsillo para reformar la casa con dinero ganancial porque ella no tenía capacidad económica. También aludió a un supuesto acuerdo para repartirse en dos mitades dicha propiedad.
El implicado también argumentó sin éxito que fue él el que puso un dinero que le pertenecía. Según dijo, en la propia sentencia se recoge que ella firmó un papel haciendo constar que, si la expropiaban, el dinero era de los dos, insistiendo en que su exmujer no tenía recursos para la reforma, porque su esposa no trabajaba, tan solo unos meses en la fresa. Asegura que, por error, él creyó que el dinero de la indemnización le pertenecía.
También se quejó de la jueza dio por probado un reparto de bienes, cuando no se discute por los excónyuges que nunca se hizo. Recalcó que la Justicia no tuvo en cuenta que hay un documento de acuerdo de reparto por mitades, confirmado por el único testigo. Se estima que se transfirió el 40% de una indemnización presumiblemente ganancial, pero no se reprocha en la sentencia que su exmujer lo hiciera previamente del 60%; y que ambas partes reconocen que la vivienda era un establo y un inmueble ruinosos y se reformó vigente la sociedad de gananciales, y aún así se interpreta que la indemnización era privativa.