Dan la invalidez a un obrero del naval de Vigo que llevaba una bolsa de orina a causa de un cáncer de próstata y que la Seguridad Social le denegó

E. V. PITA VIGO / LA VOZ

VIGO

Oscar Vazquez

El peón obtiene la pensión porque la Justicia ve difícil encontrar siempre acceso a los servicios higiénicos en su trabajo con la «dignidad exigible al ser humano»

02 jun 2026 . Actualizado a las 05:00 h.

Un obrero del sector naval de Vigo, de 50 años y con cáncer de próstata, obtuvo una pensión vitalicia por una incapacidad permanente total, en contra del criterio de la Seguridad Social. El trabajador sufre problemas de próstata, urgencia urinaria y, por ello, usa un colector y bolsas de orina en la pierna. El INSS consideraba que las dolencias que presentaba (un adenocarcinoma acinar de próstata) no le impedían hacer las tareas propias de su oficio habitual.

El Juzgado de lo Social número 2 de Vigo le concedió la invalidez al trabajador en el 2025, pero el INSS apeló ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG). La Sala de lo Social avala la pensión, en una sentencia del 7 de abril del 2026, por las limitaciones que conlleva la «ineludible exigencia» de la necesidad de fácil acceso a los servicios higiénicos, no siempre disponibles

«Y tales dolencias, que han provocado la necesidad de usar colector y bolsa de orina en la pierna, con las limitaciones que ello conlleva a los efectos de la ineludible exigencia de la necesidad fácil acceso a los servicios higiénicos, lo que no siempre ocurre en su puesto de trabajo, puestas en relación con su capacidad de ganancia ha de estimarse que si bien puede seguir desempeñando algún tipo de tareas con menores requerimientos, que no impliquen esfuerzos físicos y carga de peso, a lo que hay que sumar las consecuencias psicoemocionales que presenta derivadas de dicha patología, que el trabajador demandante no puede desempeñar las propias de su actividad habitual, además de con la dignidad exigible al ser humano, con la profesionalidad y dedicación que la relación laboral exige», afirma la sala del TSXG en su sentencia.