Despedido por sabotear la web de su empresa y ordenar a Google que la borrase

e. v. pita VIGO / LA VOZ

VIGO

Un miembro del Equipo@ de Milladoiro (Ames) con el que la Guardia Civil hace frente a la ciberdelincuencia en todo el área de Santiago
Un miembro del Equipo@ de Milladoiro (Ames) con el que la Guardia Civil hace frente a la ciberdelincuencia en todo el área de Santiago Sandra Alonso

Un teletrabajador de Vigo que cobraba 5.600 euros al mes era el único que tenía el acceso y claves para una página dedicada a la venta de coches usados de una empresa. Le ayudaba un becario de Barcelona.

29 nov 2024 . Actualizado a las 17:14 h.

El Tribunal Superior de Galicia ha avalado el despido disciplinario de un teletrabajador que ordenó a Google Console que desindexase las direcciones web de su empresa, la cual vendía coches usados. La sala dice que era el único que tenía las claves de acceso y quien controlaba la web.

El teletrabajador prestaba sus servicios como eventual desde su domicilio en Vigo bajo las órdenes del equipo de márketing. Cobraba 5.623 euros brutos al mes (lo que incluía cheques regalo de 300 euros, comisiones de 1.500, vehículo de empresa valorado en 750 euros y otros 500 euros de tareas web). Mantenía la web de la empresa. Proponía estrategias de venta on line y de márketing, y facilitaba ventas de coches en internet ayudado por un becario desde Barcelona.

La empresa lo despidió por burofax en enero del 2021 porque, dos meses antes, el teletrabajador había solicitado la retirada de 823 páginas de la web de la empresa, incluida la propia dirección. Al día siguiente pidió la baja por enfermedad y, dos meses después, fue despedido disciplinariamente porque le acusaron de haber borrado la web de la empresa, lo que él negó y culpó a otras personas.

El Juzgado de lo Social número 1 de Vigo condenó en el 2023 a la empresa a pagar 8.738 euros en concepto de horas extra y 1.418 por comisiones. Él también reclamó sin éxito anular el despido por vulneración de derechos (por acoso laboral un mes antes de coger la baja) o que le pagasen 90.000 euros de indemnización. El TSXG, en una sentencia del 5 de septiembre, avala el despido.