Su empresa lo graba robando material y él reclama 30.000 euros por invasión de intimidad
VIGO
Los tribunales ven justificado el uso del sistema de seguridad por parte de la compañía de Vigo
12 ago 2024 . Actualizado a las 13:36 h.El Tribunal Superior de Xustiza Galicia (TSXG) ha tumbado las pretensiones de un trabajador despedido que reclamó 30.000 euros de indemnización y la nulidad de su baja. Decía que la empresa vulneró su intimidad al grabarlo en vídeo en su jornada laboral. Fue pillado con cámaras de videovigilancia robando. En realidad, establece la sala de lo Social, las cámaras sirvieron para registrar cómo, en dos ocasiones, hizo desaparecer material de la empresa que transportaba en una carretilla. Los jueces ven suficientes indicios de que estaba hurtando material de su empleador, una empresa del sector gráfico de Vigo. En las imágenes se aprecia cómo metía lo sustraído en el maletero de un coche situado en el párking.
En una sentencia del 1 de julio, el TSXG ha avalado la procedencia del despido disciplinario de un trabajador al que la compañía descubrió cuando sustraía material. Cree que el uso de las cámaras de videovigilancia estaba autorizado y justificado «desde la perspectiva del derecho fundamental a los medios de prueba, tal visionado es idóneo para la finalidad pretendida, que no era otra que la constatación de la eventual ilicitud de la conducta». Cualquier otra medida habría advertido al trabajador, haciendo inútil la indagación empresarial acerca del comportamiento del trabajador, según señala el fallo.
La ley ampara el uso de estos dispositivos de grabación. «Los empleadores podrán tratar las imágenes obtenidas a través de sistemas de cámaras o videocámaras para el ejercicio de las funciones de control de los trabajadores o los empleados públicos previstas, respectivamente, en el artículo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores y en la legislación de Función Pública, siempre que estas funciones se ejerzan dentro de su marco legal y con los límites inherentes al mismo», recuerda la sentencia del Tribunal Superior, que viene a confirmar una del Juzgado de los Social número 5 de Vigo. El comité de empresa fue informado en octubre del 2014 acerca de la implantación del sistema de seguridad y las grabaciones son del 2022.