Condenan al Sergas por la muerte de una mujer por elegir mal el antibiótico

Ángel Paniagua Pérez
áNGEL pANIAGUA VIGO / LA VOZ

VIGO

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La señora falleció por una infección unos meses después de ser operada de un cáncer de páncreas

24 dic 2022 . Actualizado a las 19:57 h.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha condenado al Servizo Galego de Saúde por la muerte de una mujer de 63 años que sufrió una infección bacteriana y acabó falleciendo. La sala considera probado que el hecho de que los médicos del Hospital Álvaro Cunqueiro le cambiasen el antibiótico que le estaban administrando hizo que su situación clínica empeorase y muriese.

Los hechos se produjeron en el año 2018. La mujer padecía una patología de hígado de base y ese mismo año le habían encontrado un cáncer de páncreas. La operaron. Durante la cirugía, hubo complicaciones, pero aparentemente salió bien. Le extrajeron el tumor y a los pocos días la señora se fue a su casa.

Pero menos de tres meses después de la intervención, después de haber acudido dos veces a urgencias por dolores abdominales, le encontraron un quiste. Esto revelaba una infección. La ingresaron. Evolucionó mal y la trasladaron a la uci. Varios órganos le fallaban. La trataron con antibióticos de amplio espectro, es decir, que cubren un rango de bacterias grande, una práctica habitual cuando no se ha identificado cuál está detrás de la infección.

Tras las primeras pruebas de laboratorio, se le cambió el antibiótico para administrarle uno dirigido en concreto al microorganismo que se había encontrado inicialmente. Pero la mala evolución continuó y la señora acabó falleciendo a los pocos días.

La clave jurídica está en el antibiótico. La sentencia del TSXG explica que los primeros cultivos apuntaban a un tipo de bacteria (Staphylococcus aureus metaclin) pero que el 75 % de las infecciones en pacientes con enfermedades de hígado están causadas por un tipo de bacteria diferente (Gram negativas y anaerobios). La resolución judicial da por bueno el testimonio de un perito que establece que a pesar de que se encontró el estafilococo, «siempre que hay un foco abdominal suele haber más de un germen». Por eso, los jueces concluyen que «estaba indicada una cubierta antibiótica amplia» y que «no fue correcto centrarse exclusivamente en combatir el estafilococo detectado». En otras palabras, para el Tribunal Superior no se debió abandonar el antibiótico inicial.

La familia reclamaba 118.000 euros por mala praxis. La Justicia ha aprobado 30.000 porque no observa ese mal hacer profesional, sino que se basa en la doctrina de la pérdida de oportunidad: la duda razonable sobre cómo habría evolucionado la paciente si el tratamiento médico hubiera sido el adecuado. En primera instancia, un juzgado de Santiago dio la razón al Sergas, pero ahora el alto tribunal gallego ha revocado aquel fallo.

La defensa del esposo de la fallecida argumentó también que el cáncer de páncreas no había tenido nada que ver en su evolución clínica de la mujer. Para los jueces, «no cabe afirmar con rotundidad que esa patología de base no haya tenido influencia causal alguna en el óbito», ya que la infección fue una complicación posquirúrgica.