Ryanair pagará 250 euros a un vigués por retrasar su vuelo con un avión al que le había caído un rayo

e. v. pita VIGO / LA VOZ

VIGO

XOAN CARLOS GIL

Una jueza de Barcelona condena a la aerolínea por no reemplazar la aeronave averiada en el aeropuerto de Peinador y reutilizarla para el vuelo de regreso

04 dic 2022 . Actualizado a las 05:00 h.

En medio de una tormenta, un avión de la compañía Ryanair que volaba desde Barcelona rumbo a Vigo sufrió la descarga de un rayo el 5 de mayo del 2017. Aterrizó en el aeropuerto vigués de Peinador para recoger a otros pasajeros y, tras una revisión técnica, salieron con seis horas de retraso hacia Barcelona. Un viajero reclamó a la compañía, que le replicó que la demora se debía a una avería por la caída del rayo sobre la aeronave, una incidencia meteorológica inesperada que constituía una causa de fuerza mayor que la eximía de pagar una indemnización porque la aerolínea no tenía la culpa de tal revés. No contaba con que una jueza de Barcelona le iba a rebatir su argumento: el avión tocado por el rayo debería haber sido reemplazado por otro en Peinador para que los pasajeros llegasen a la hora convenida. En sentencia, condena a Ryanair a indemnizar con 250 euros al viajero perjudicado.

La resolución ha sido dictada por el Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona, que es el lugar de residencia del pasajero. Este había comprado un billete para regresar desde Vigo a Barcelona a las 11.30 horas del 5 de mayo del 2017 y tenía previsto aterrizar a las 13.10. Pero su avión no despegó hasta las 17.38 y llegó a la ciudad condal a las 19.11.

La jueza recuerda que los tribunales de la UE admiten el pago de una indemnización si equiparan los casos de «gran retraso» a una cancelación, cuando los afectados llegan a su destino tres horas o más después de lo previsto. En este caso, la magistrada considera que las seis horas de tardanza supusieron un «gran retraso». Por ley, el pasajero tiene derecho a una indemnización tope de 250 euros porque la distancia del trayecto Vigo-Barcelona no supera los 1.500 kilómetros.

La compañía pidió que la exonerasen de responsabilidad a causa del impacto de un rayo en su aeronave cuando volaba hacia Vigo. Al llegar a Peinador, tuvo que ser inspeccionada por un ingeniero antes de que entrase otra vez en servicio para el vuelo de vuelta a Barcelona. La jueza subraya que la descarga del rayo fue una deficiencia técnica inesperada que afectó a un vuelo distinto al que iba a salir de Vigo. Por tanto, según razona, «no se puede exonerar de responsabilidad a la aerolínea respecto del retraso padecido en otros vuelos por el simple hecho de que la compañía demandada, por motivos operacionales, utilice el mismo aparato para realizar dos vuelos distintos».

Añade que la compañía no probó que hubiese adoptado todas las medidas que eran razonablemente necesarias para evitar el daño o que les fue imposible adoptar dichas medidas. Por tanto, la jueza barcelonesa tumba el argumento de Ryanair que alegaba que la deficiencia técnica fue una «circunstancia extraordinaria» que, según el reglamento, le eximía de responsabilidad. No le condena en costas pero le obliga a pagar los 250 euros al viajero y los intereses desde que interpuso la demanda en junio del 2017.