El Supremo revisa en una vista la pena de cárcel a un funcionario municipal de Vigo

Carlos Punzón
C. Punzón VIGO

VIGO

M.MORALEJO

Fue condenado por malversación, prevaricación y falsedad en un contrato

21 nov 2021 . Actualizado a las 20:38 h.

El Tribunal Supremo revisará en una vista el martes la condena de cinco años y tres meses de prisión que la Audiencia Provincial de Pontevedra impuso al que fuera jefe del departamento de Participación y Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Vigo, Francisco Javier Gutiérrez Orúe. El alto cargo municipal fue considerado por el tribunal provincial autor de un delito continuado de prevaricación, malversación de caudales públicos y falsedad en documento mercantil a cuenta de nueve contratos concedidos a la empresa Imesapi para «beneficiar económicamente» a una contratada de dicha empresa.

La vista en la que podría mantenerse la pena, variarse o decretar la absolución, no es del todo frecuente en la resolución de este tipo de recursos de casación en el Supremo después de que se haya remitido toda la argumentación por escrito de las partes. La sesión se producirá tras haber alegado contra la sentencia, tanto la defensa del funcionario, como la del gerente de la empresa, también condenado como «cooperador necesario» a un año y seis meses de prisión, y por la propia concesionaria municipal, señalada como responsable civil subsidiaria.

La Audiencia provincial manifestó en su fallo de febrero del 2019 que consideraba probado que para beneficiar a V.F.B. «vinculada familiarmente a un miembro de la corporación municipal de Vigo», en alusión a su cuñada Carmela Silva, el alto funcionario vino a participar en un plan que tenía para la contratación de la mujer «de una forma oculta y al margen de los sistemas legales de oferta pública de empleo». Añadía el fallo que el condenado sabía que existía liquidez económica en la concejalía y que aunque él no tuviera el control directo de fondos públicos, «no iba a haber impedimento para se abonara a costa de fondos del Ayuntamiento una retribución mensual» a V.F.B. Esta y el concejal responsable del departamento, Santos Héctor Rodríguez, vieron sobreseídas las denuncias que se presentaron contra ellos, si bien, la sentencia hace constar que no consta si el plan urdido en favor de la contratada fue a iniciativa propia del funcionario, «a excitación de terceros, o terceras personas».

En la operación juzgada el Concello abono en nueve pagos a la citada empresa 108.147,22 euros, «por unos trabajos que no había realizado», como tampoco considera que los hubiera hecho la persona favorecida.

Alegaciones de la defensa

La defensa de Gutiérrez Orúe demandará en la vista que presidirá el juez Manuel Marchena, la total absolución de su cliente. Mantiene que se vulneró el derecho a la presunción de inocencia del funcionario condenado en el proceso legal, así como que la investigación penal llevada a cabo por el Ministerio Fiscal se hizo con un carácter prospectivo sin una denuncia basada en un hecho concreto, por lo que reclama la nulidad de las pruebas obtenidas. Dicha investigación fue realizada tras una denuncia planteada por la plataforma Xuntos, que la defensa del condenado estima ahora como «vaga y difusa» y que «se limitaba a lanzar al aire lo que no eran más que incontrastadas sospechas relacionadas con supuestas irregularidades en las contrataciones municipales, las cuales vendrían marcadas por un particular favoritismo hacia familiares de responsables políticos municipales de la ciudad de Vigo».

Alega también la defensa que el alto funcionario carecía de competencias y facultades pare emitir resoluciones decisorias de pagos, ni comprometer su abono. Incluso apela la representación legal que no se puede certificar que el dinero pagado desde el Concello se apartase del interés público al que fueron destinados, aunque la sentencia determina que las encuestas que le fueron encargadas a la contratada no las realizó ella ni nadie en su lugar de la empresa.