Absuelven por segunda vez a la recepcionista del Hospital Xeral que husmeaba en el historial médico de su hija

e. v. pita VIGO / LA VOZ

VIGO

M.MORALEJO

La Audiencia concluye que madre e hija tenían una relación y, por ello, no excluyen que hubiese un consentimiento no escrito

22 abr 2021 . Actualizado a las 18:00 h.

La sección quinta de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo, ha absuelto a una empleada pública del Servizo Galego de Saúde (Sergas) acusada de utilizar su clave de acceso personal para, desde su puesto de trabajo, realizar 68 accesos a la historia clínica de su hija entre el 2012 y el 2014 para conocer datos relacionados con su estado de salud. Es la segunda vez que absuelven a la misma empleada ya que el primer juicio celebrado en la Audiencia en Vigo fue anulado por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG). El nuevo tribunal exculpa de nuevo a la implicada porque este caso le genera «dudas suficientes», lo que benefició a la acusada.

La trabajadora del Sergas estaba acusada del delito continuado de descubrimiento de secretos relativos a la salud de la víctima cometido por funcionario público. Según los magistrados, no se ha acreditado que la sospechosa realizase los accesos sin contar con la autorización de su hija. «Nos remitimos al estrecho vínculo entre las partes, que lleva a considerar hipótesis razonable la existencia de un consentimiento no escrito», destaca el tribunal. Las magistradas procedían de otra sección de la provincia porque la sala de Vigo estaba contaminada al conocer los hechos y ya dictar sentencia sobre ello.

 El segundo juicio se celebró en diciembre del 2020. La acusada afrontaba cuatro años de cárcel, doce años de inhabilitación para su oficio público y 15.000 euros de indemnización por los daños psicológicos sufridos por la hija.

El tribunal confirma que la empleada, que trabajaba como recepcionista de Admisiones en el Hospital Xeral-Cíes con la categoría de personal estatutario del Sergas, accedió al historial clínico de su hija haciendo uso de su clave personal al sistema de almacenamiento Ianus para enterarse del estado de salud pero no queda probado que tales entradas se hiciesen sin autorización de su hija. Aunque la sala concluye que la relación entre madre e hija era disfuncional eso no impidió que viviesen períodos con buena relación en el domicilio familiar. Faltaría por presentar una prueba documental contra la madre, lo que genera dudas al tribunal.