En su auto, el juez rechaza pronunciarse por las propuestas alternativas al decreto del Concello, que fue declarado nulo por resolución firme del mismo juzgado. El Concello barajó una alternativa de naturaleza organizativa temporal pero el juez recalca que el ayuntamiento debe ejecutar el pronunciamiento judicial firme, que le obliga a dejar sin efecto lo acordado a dicho decreto. Este no es otro que la potestad que el Concello concedió al jefe de Bomberos de Vigo de suspender los descansos del personal hasta completar los servicios mínimos acordados por la Junta de Gobierno Local. El juez dice que no cabe pronunciarse sobre otras soluciones alternativas temporales para ejecución de esta sentencia, que anula el decreto que es objeto de ejecución.
Eso no quita, dice el juez, para que el Concello adopte soluciones, en sus facultades de regulación y organización del servicio municipal de Bomberos y en orden de sus competencias, siempre que se destinen a los fines de cumplimiento estricto del decreto.