El Supremo avala un despido tras avisar al jefe por wasap: «Hoy no voy a trabajar»

e. v. pita VIGO / LA VOZ

VIGO

Imagen de archivo de los juzgados de Vigo
Imagen de archivo de los juzgados de Vigo Xoán Carlos Gil

El mensaje fue el detonante para la empresa después de dos ausencias al mes

09 dic 2020 . Actualizado a las 05:00 h.

Un padre de familia que envió un wasap al jefe con el mensaje «Hoy no voy a trabajar» ha perdido su pleito contra su empresa de Mos, la cual le frio con faltas graves y lo despidió de forma disciplinaria en el otoño del 2018. De nada le valió alegar que había pasado toda la noche acompañando a su hija en urgencias del Hospital Álvaro Cunqueiro. La gerencia lo acusó de faltar al trabajo dos veces por mes y la sala de lo social del Tribunal Supremo avala ahora su desvinculación laboral. Argumenta que el empleado era un reincidente y le reprocha que presentase un justificante que su médica de cabecera firmó 20 días después.

El empleado alegó ante el Supremo que él veía una contradicción en el argumento de su empresa cuando invocó el convenio de la construcción para echarlo a la calle. El Supremo le replica que no solo no ve contradicción sino que refuerza su despido.

El trabajador llevaba como oficial de segunda once años en Rodrinovo SL, una firma de transporte de áridos y excavaciones ubicada en Veigadaña, en Mos.El conflicto comenzó el 16 de noviembre del 2018, cuando el asalariado no fue a trabajar durante toda la jornada. Luego, presentó un justificante médico de asistencia a un familiar desde la tarde anterior a la madrugada de ese día. Horas después, mandó al empresario un mensaje de WhatsApp junto con el parte de urgencias con el siguiente contenido: «Hoy no voy a trabajar, estuve con la hija ayer en Cunqueiro y todavía voy a comer ahora, el lunes te doy el parte médico». Consta el doble check azul como

visto por el receptor.

Sin embargo, la empresa tomó nota de que el trabajador volvió a faltar otra jornada, diez días después. Aportó un justificante de asistencia médica por la tarde y un informe del médico de cabecera que lo atendió indicando que ese día no se encontraba bien para trabajar.

Esa fue la gota que colmó el vaso porque la empresa, en los últimos meses, lo había expedientado cinco veces por sus reiteradas ausencias. Lo amonestó en julio y septiembre, le puso una falta muy grave en octubre, otras dos leves por ausencias y más sanciones por reiterar su conducta. Entre julio y noviembre faltó dos veces por mes y acumuló faltas graves y muy graves, lo que colmó la paciencia de la empresa.

A finales de noviembre, la gerencia requirió expresamente al trabajador para que justificase la ausencia completa del día en urgencias con la hija. Y les presentó un justificante de su propia médica de cabecera firmado el 20 de diciembre, 20 días después.

La empresa lo despidió de forma disciplinaria apelando al convenio general de la construcción que clasifica las faltas atendiendo a su importancia y reincidencia. El convenio califica como falta grave faltar dos días al trabajo durante un mes sin causa que lo justifique y «si la desobediencia es reiterada, implicase quebranto manifiesto para el trabajo o de ella se derivase perjuicio notorio para la empresa, podrá ser considerada como falta muy grave».

El Juzgado de lo Social número 2 de Vigo dictó la primera sentencia en abril del 2019 y declaró la procedencia del despido disciplinario del empleado pues no hizo caso a las advertencias y órdenes de sus superiores y no una ni dos veces, sino bastantes más. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia avaló el despido lo mismo que ahora el Supremo, que ni siquiera admitió el recurso porque ve probado que el incumplimiento del trabajador era grave.