Absueltos dos gallegos y tres colombianos acusados de importar 2.500 kilos de cocaína que se apropió Marruecos en el Atlántico
VIGO
La Audiencia Nacional considera que las autorizaciones para pinchar teléfonos móviles no se justificaban por falta de pruebas; la Fiscalía Antidroga, sin embargo, secundó el trabajo policial y procesal al pedirles 59 años de cárcel
14 ene 2020 . Actualizado a las 20:18 h.La operación Moucho (2016) destapó el envío de tres grandes partidas de cocaína desde Surinam a España en barcos pesqueros. El primero arribó en agosto, al mes siguiente llegó el segundo. Ambos alijos se coronaron sin intuir qué cantidad de polvo blanco transportaban. El tercero zarpó en noviembre y trasvasó la mercancía en alta mar a otro bote que sí fue localizado a 100 millas de la ciudad marroquí de Dajla. La información de las agencias antidroga de EE.UU. e Inglaterra fue determinante y se casó con el trabajo de campo, ya desde Galicia, del Grupo de Respuesta contra el Crimen Organizado (Greco) de la Policía Nacional. El buque Torpedo, de la Armada Española, salió a su encuentro con agentes del Greco y Udyco que participaban en la investigación. También de los GEO, para abordar el pesquero, con decenas de fardos apilados en la proa.
Lo que vino después estuvo apunto de provocar un conflicto internacional. El 12 de noviembre, poco antes de las 17.00 horas, y tras esperar a que remitiese el mal tiempo para garantizar la seguridad de la acometida, el Tornado se disponía a abordar el pesquero con auto judicial cuando, por sorpresa, un buque militar de Marruecos apareció en escena para interrumpir el abordaje español situándose en «posición de custodia» del barco. En pocos segundos, el bote con el alijo viró hacia la costa de Marruecos mientras se alejaba custodiado por la fragata militar de su país. A pocos metros, los ocupantes del Tornado se quedaron sin reacción pacífica posible mientras veían alejarse las dos toneladas y media de cocaína.
Lo vivido en el Atlántico no trascendió entonces, se hizo de tripas de corazón y el entonces ministro del Interior, Juan Ignacio Zoido, habló de «colaboración» entre España y Marruecos. El motivo se desconoce, lo único seguro es que tres días después, el 15 de noviembre en Marraquech, el entonces presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, mantuvo una cumbre con el rey Mohamed VI para poner en valor la buena sintonía entre ambas naciones. Lo siguiente, recogido en el procedimiento, «fue recibir de la embajada de España en Marruecos información por parte de las autoridades marroquíes que manifiestan que han procedido a la incautación de cerca de 2.575 kilogramos de cocaína —la misma cantidad de droga que esperaba Greco, según consta en el sumario—. Así mismo se comunica que habrían sido detenidas 18 personas, todas marroquíes».
Petición de explicaciones
El Juzgado número 4 de Vigo, instructor inicial, planteó una comisión rogatoria a Marruecos. La respuesta fue diferente a la del primer comunicado oficial: la cifra de coca bajó a la mitad, de 2.575 kilos a 1.230, igual que los detenidos, que pasaron de 18 a 12. La Fiscalía Antidroga de Pontevedra fue de la mano en todo momento con el juzgado de Vigo al autorizar las intervenciones telefónicas y la colocación de una baliza en un vehículo, igual que la Fiscalía Antidroga de la Audiencia Nacional al secundar en su escrito de calificación la tesis policial y judicial planteada desde Galicia. Y todo ello sin que ninguno de los tres funcionarios al frente advirtiera la más mínima anomalía. Basta recordar que el fiscal antidroga Javier Redondo pidió 59 años de cárcel para los seis acusados en su escrito de calificación. Incluso, al finalizar el juicio, reiteró el mismo argumentario al exponer sus conclusiones finales: los arousanos José Pérez Rial y José Ramón Cerqueiras se encargarían de los barcos, tripulaciones y telecomunicaciones; los colombianos Julio César Beltrán, Fernando Antonio Alzate y Juan Bernardo Meléndez serían los representantes de los proveedores en España; y el madrileño Manuel de Federico Arnillas otro cooperante.
Lo que vino después, durante el juicio celebrado entre el 16 y 18 del diciembre en la Sección Primera de la Audiencia Nacional, no figuraba en ninguna quiniela. Las defensas (personadas en los abogados Juan de Pablos Izquierdo, Susana Moreno, Isaac Abad y Manuel Meiriño) solicitaron la absolución de sus representados alegando que las escuchas telefónicas no se justificaban. También por la ruptura de la cadena de custodia de la droga, que se perdió de vista por la intervención marroquí. En definitiva, la tesis conjunta exculpatoria se fundamentó en la imposibilidad objetiva de relacionar a los acusados con la droga (tasada en 40 millones de euros). Un argumentario que dinamitaba la investigación y que el tribunal dio por buena absolviendo a los seis acusados. Un jarro de agua fría procesal que la sentencia, finalizada y entregada el lunes a las partes, justifica en la falta de pruebas concretas para intervenir teléfonos móviles de los acusados.
Incluso reconoce que los dos gallegos absueltos intentaron lucrarse con un nuevo alijo de coca, también procedentes de Surinam, que no llegó a nada. «Los hechos considerados probados consisten en el acuerdo de Cerqueiras y Pérez Rial para intervenir en una importación de cocaína desde América a España, y en la aportación por parte del primero de actos concretos que suponen un inicio de ejecución, como fue su traslado a Surinam, punto de salida del transporte marítimo, y su presencia en el país para supervisar la carga de la mercancía. La operación no se llevó a cabo porque no consta que hubiera un proveedor de la cocaína, ni los barcos necesarios para su traslado ni el local para su almacenaje en Galicia. Lo único que sabemos es que el proyecto existió, pero varios de los partícipes solo buscaban estafar a otro de ellos, del que lograron que les entregara una cierta cantidad de dinero, que según su relato ascendería a 350.000 euros».
Falta de idoneidad
La sentencia concreta que ambos arousanos fueron contratados para esa tarea pero sin hallarse integrados en ninguna estructura ilegal. Añade que también «se ignora todo lo relacionado con el proveedor, la cantidad y la calidad de la sustancia, así como el medio de transporte a utilizar». El último párrafo antes del fallo completa la interpretación procesal: «No hay idoneidad en la conducta de los coacusados Cerqueiras y Pérez Rial, su aportación no podía producir el resultado de peligro para el bien jurídico protegido de la salud pública previsto en el tipo penal, porque no había mercancía, ni barco ni almacén. Es por ello que ambos serán absueltos».
Las anécdotas del juicio las protagonizaron el colombianos Julio César Beltrán, que compartió celda con el expresidente del F.C. Barcelona Sandro Rosell el tiempo que estuvo en prisión provisional (noviembre del 2016 a julio del 2018): «Me dejó su número para llamarlo al salir», dijo en la vista. En el caso de Cerqueiras, natural de Rianxo, su nombre salió a colación por una condena que arrastra también por tráfico de cocaína. El delito se cometió en el 2007 y entre los exsocios condenados figura el asesino y violador de Diana Quer, José Enrique Abuín Gey.