Multa de 60.000 euros a un club de alterne de Peinador por emplear extranjeras sin permiso de residencia

P.R. VIGO

VIGO

MARTINA MISER

Ya habían sido sancionados con 100.000 euros por la misma razón en 2013

06 sep 2019 . Actualizado a las 15:26 h.

El Juzgado de lo Contencioso número 1 de Pontevedra confirmó la sanción de 60.177 euros a un club de alterne de Peinador por emplear a seis extranjeras sin permiso de residencia en el país. El magistrado indica en la sentencia que tres subinspectoras de trabajo confirmaron que las seis mujeres en situación irregular fueron detectadas durante la «fase de alterne», es decir, la de seducción e incitación al consumo de bebidas. Además constataron que trabajaban con día y horarios fijos, com mínimo, desde hace una semana.

Según la sentencia la empresa registraba la identidad de las mujeres y los horarios de trabajo, controlaba su vestuario y fijaba el precio y las condiciones de su servicio. Además les facilitaba alojamiento y un lugar en el que poder cambiarse. Por todo esto la sentencia recoge que «as mulleres traballaban con toda evidencia na empresa. Sen a súa presenza, xunto coas outras 18 mulleres identificadas, o local non podería funcionar». 

El club de alterne ya había sido multado en 2013 con 100.2712 euros por el empleo de diez extranjeras sin permiso de residencia ni de trabajo. La sentencia recoge que este hecho «pon de manifesto a súa mala fe, persistindo na súa práctica ilegal con pleno coñecemento de causa». Además el juez destaca que «sorprende que a Administración baremara a sanción no seu grao mínimo, cando a norma a habilitaba para a imposicón de sancións de ata 100.000 euros por estranxeira, máis a clausura do local por entre seis meses e cinco anos».