Retiran de la calle a una policía local que ya no puede perseguir ladrones

e. v. pita VIGO / LA VOZ

VIGO

M.MORALEJO

La jueza la incapacita parcialmente porque su tos también le impide regular el tráfico

14 jul 2019 . Actualizado a las 09:35 h.

El Juzgado de lo Social número 3 de Vigo declaró la incapacitación permanente parcial de una oficial de la Policía Local de Vigo que, debido a problemas de respiración y falta de aire ocasionados en un incendio en el que intervino, ya no podía perseguir a delincuentes debido al esfuerzo de correr ni regular el tráfico a causa de los gases de los tubos de escape. El Concello le buscó un puesto sedentario en Educación Vial pero la Seguridad Social no le quiso dar la incapacidad parcial al considerar que su nuevo trabajo estaba adaptado a sus problemas de salud por lo que la agente fue a juicio.

Finalmente, la magistrada estima la petición de la oficial porque tiene una clara limitación para hacer labores de patrulla y mantener el orden público porque pueden implicar esfuerzos moderados que le causarían disnea. Y como ejemplo, pone que la policía «ante la necesidad de perseguir a un sospechoso a la carrera o mediar en trifulcas de los ciudadanos». Añade que también se verían afectada en la regulación del tráfico «en cuanto implican la exposición a humos». Concluye que «estas limitaciones», agravadas por la temperatura o el estrés, son suficientes para acreditar que su rendimiento normal en la profesión ha disminuido más del 33 % que exige la ley laboral. Ello no le impedirá hacer otras tareas habituales de la profesión en las oficinas.

El litigio se remonta a octubre del 2017 cuando la oficial pidió que el Instituto Nacional de la Seguridad Social declarase su incapacidad permanente parcial pero el organismo estatal se opuso. Según el INSS, la funcionaria municipal sufría unas lesiones que no alcanzaban el grado suficiente de disminución de su incapacidad laboral ni tampoco eran catalogables como lesiones permanentes no invalidantes.

Inhalación de humo

Tras agotar la vía administrativa, la mujer fue a juicio en el 2018. Un forense acreditó que la oficial había padecido un accidente de trabajo por inhalación de humo el 11 de noviembre del 2015 por el que inició un proceso de incapacidad temporal. Fue diagnosticada de hiperreactividad bronquial con disnea, tos irritativa y sibilancias a la auscultación.

La oficial sufrió varias recaídas y continuaba con una tos irritativa persistente y problemas en los bronquios. Su neuróloga le prescribió medicación para las crisis, agravada por reflujos gastroesofágico, estrés, cambios de temperatura, ejercicio, infecciones respiratorias o la exposición a tóxicos inhalados.

A pesar de ello, un servicio de prevención la consideró apta con algunas restricciones para conducir, caminar, patrullaje y situaciones con estrés con humo o polvos. Debido a ello, el Concello le buscó un puesto sedentario a la agente, la retiró de las patrullas y la colocó en el servicio de educación vial.

El INSS se negó a otorgar la incapacidad tras leer el informe médico y conocer que ella tenía ahora un nuevo puesto adaptado.

La jueza estudió si, en realidad, la agente había pasado en la práctica a la segunda actividad sin que supusiera la pérdida del 33 % de sus capacidades pero concluyó que no estaba en esa categoría.

La magistrada recuerda que dicha profesión consiste en hacer tareas de patrulla, mantener el orden público, regular el tráfico, además de las tareas administrativas o la vigilancia estática. Aunque no podía hacer todas las tareas habituales en conjunto, para algunas de ellas sí era apta.