La Justicia ratifica que los exdueños de Factoría Naval no defraudaron un millón de euros

l.c. llera VIGO / LA VOZ

VIGO

RAMON LEIRO

Fueron acusados por el Estado de conseguir más de un millón de euros con un fraude de subvenciones pero la Audiencia Provincial ratifica que son inocentes

01 jul 2019 . Actualizado a las 13:22 h.

Fueron acusados por la Administración del Estado de conseguir más de un millón de euros con un fraude de subvenciones. Pero ahora, la Audiencia Provincial de Pontevedra ha ratificado que los antiguos dueños de la Factoría Naval de Marín son inocentes de los graves delitos que les quería atribuir el abogado del Estado. El juzgado de lo penal número 2 de Pontevedra ya había emitido una sentencia a favor de Ramiro Pablo Comesaña Vázquez, de Óscar Avelino Iglesias Docampo y de la Factoría Naval de Marín S.A La Audiencia Provincial ha ratificado el fallo que consagra su inocencia y es firme porque ni el Estado ni el fiscal recurrieron.

El caso se remonta al 2008 cuando la Factoría Naval de Marín (hoy reconvertida en astilleros Nodosa con otros propietarios) solicitó al Ministerio de Industria una subvención de 1.051.650 euros para el «proyecto de reingeniería de los procesos organizativos y productivos en el astillero para acometer construcciones y reparaciones de megayates». En enero del año siguiente el astillero presentó ocho facturas por el proyecto de I-+D+i libradas por la empresa Euroresa. Sumaban 2.551.719 euros. Es decir, más del doble de la subvención solicitada.

La sentencia absolutoria señala que estas facturas eran trabajos «efectivamente realizados en otros buques que no eran megayates, pero que suponían actividades innovadoras en el astillero y relativas a procesos constructivos aplicables a los megayates».

El 11 de marzo del año 2009, el Ministerio de Industria concedió una subvención de 1.051.060 euros. Sin embargo la Gerencia del sector naval las recurrió posteriormente y las llevó a los tribunales para que el astillero las devolviese achacando a sus dueños presuntas irregularidades que no eran ciertas. Según el recurso presentado por el abogado del Estado «las subvenciones otorgadas a los buques habían agotado el tope de las ayudas correspondientes y eran incompatibles con ayudas por otros conceptos». Los acusados negaron que una duplicidad en el cómputo del mismo gasto en cada una de las subvenciones y «esto que da por hecho la abogacía del Estado no aparece por ningún lado», recalca la sentencia.