El Puerto esgrime un informe jurídico que le exime de actuar ante el botellón

Luis Carlos Llera Llorente
Luis Carlos Llera VIGO / LA VOZ

VIGO

Oscar Vázquez

El abogado del Estado señala que es la Policía Local la que tiene que actuar

30 mar 2019 . Actualizado a las 05:00 h.

El Puerto no puede actuar contra el botellón. La policía portuaria no tiene potestad sobre este fenómeno, aunque transcurra en sus terrenos. Así lo dictamina la abogacía del Estado en un informe que fue analizado ayer en el consejo de administración de la Autoridad Portuaria de Vigo. A esta reunión no acudió el alcalde, Abel Caballero, que forma parte del ente junto a otros representantes institucionales como la Xunta, Zona Franca o el Ayuntamiento de Redondela.

Los juristas del Estado señalan que «las autoridades portuarias no tiene competencia en materia de policía general o del orden público» sino que «es incumbencia de la Policía Local la vigilancia y represión de la conducta objeto del informe». Este fue solicitado por la Autoridad Portuaria de Vigo ante la proliferación del fenómeno del botellón en terrenos cuya jurisdicción está compartida entre el Puerto y el Ayuntamiento. Incluso el botellón se extiende por los alrededores del centro comercial A Laxe, que son competencia de otras administración, la Zona Franca.

El presidente portuario informó al consejo sobre la legalidad del consumo por parte de grupos de personas de bebidas alcohólicas en zonas de uso público del Puerto, según el informe de la Abogacía del Estado, destacando que, en todo caso, la «represión de dicha conducta no es competencia de la Autoridad Portuaria».

El abogado del Estado jefe, Juan José Vázquez Seijas, especifica en su informe que «la represión de la conducta descrita, aunque se realice dentro de la zona de servicio del Puerto no es competencia de la Autoridad Portuaria, al referirse a una materia, la seguridad ciudadana y el orden público sobre la que carece de competencias».

El jurista del Estado señala que la permanencia o concentración de personas en espacios abiertos del término municipal de Vigo para consumir bebidas está prohibida si incide sobre la seguridad ciudadana «por la ordenanza municipal reguladora de la convivencia ciudadana y del ocio, aprobada por el Ayuntamiento de Vigo y publicada por el Boletín Oficial de la Provincia». El abogado del Estado también exonera de responsabilidades al Cuerpo Nacional de Policía al poner de relieve que La ley Orgánica de 1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad señala que son funciones de la Policía Local la de policía administrativa en lo relativo a las ordenanzas, bandos y demás disposiciones municipales dentro del ámbito de su competencia.

El informe detalla que las competencias en materia de seguridad ciudadana corresponden al Estado, a las comunidades autónomas y a los entes locales. El letrado de la Secretaría de Estado de Justicia, deja claro por tanto que «las autoridades portuarias no tiene competencia en materia de la policía general o del orden público ni conforme a la Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana ni según la Ley de Puertos del Estado y Marina Mercante».

Las competencias de seguridad en esta zona han generado discusiones entre las diferentes administraciones. Los padres de menores, los vecinos de la zona se han quejado muchas veces de los excesos en As Avenidas con participación de menores bebidos.